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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 115 Lunes, 19 de junio de 2017 Pág. 29928

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

EDICTO (DSP 795/2016).

DSP despido/ceses en general 795/2016

Sobre: despido

Demandantes: María Montserrat Cajide Roca

Abogado: Pedro Blanco Lobeiras

Demandados: María Inmaculada Alvariño Pena, María José Martínez Alvariño, Aroa Chaudarcas Martínez, Mafiar, S.C., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa)

Abogado: Fogasa

Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que por resolución dictada en el día de la fecha en el proceso seguido a instancia de María Montserrat Cajide Roca contra María Inmaculada Alvariño Pena, María José Martínez Alvariño, Aroa Chaudarcas Martínez, Mafiar, S.C., Fondo de Garantía Salarial (Fogasa), en reclamación por despido, registrado con el número de despido/ceses en general 795/2016, se ha acordado, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 59 de la LJS, citar a Mafiar, S.C., en ignorado paradero, a fin de que comparezca el día 22 de junio de 2017, a las 10.25 horas, en la planta baja, sala de vistas, edificio de juzgados, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, pudiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y deberá acudir con todos los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En caso de que pretenda comparecer al acto del juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda este estar representado técnicamente por graduado social colegiado, o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado.

Y para que sirva de citación a Mafiar, S.C., se expide la presente cédula para su publicación en el Boletín Oficial de la provincia y colocación en el tablón de anuncios.

Santiago de Compostela, 18 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia