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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 116 Martes, 20 de junio de 2017 Pág. 30193

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 494/2016).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 494/2016, seguido a instancia de María Dolores Hurtado Ventoso contra el Fogasa y Chen Jinxiao, sobre despido disciplinario, se ha dictado por el Tribunal Supremo la siguiente resolución:

«La Sala acuerda declarar la inadmisión del recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto por el letrado Carlos Castro Álvarez, en nombre y representaci6n de María Dolores Hurtado Ventoso, contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de fecha 11 de mayo de 2016, en el recurso de suplicación número 494/2016, interpuesto por María Dolores Hurtado Ventoso, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Santiago de Compostela, de fecha 11 de noviembre de 2015, en el procedimiento n° 504/15, seguido a instancia de María Dolores Hurtado Ventoso contra Chen Jinxiao y el Fogasa; con intervención del Ministerio Fiscal, sobre despido.

Se declara la firmeza de la sentencia recurrida, sin imposición de costas a la parte recurrente.

Contra este auto no cabe recurso alguno.

Devuélvanse los autos de instancia y el rollo de suplicación a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de procedencia, con certificación de esta resolución y comunicación.

Así lo acordamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Chen Jinxiao, en ignorado paradero, con último domicilio en Noia (A Coruña), expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 29 de mayo de 2017

La letrada de la Administración de justicia