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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 129 Viernes, 7 de julio de 2017 Pág. 33232

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Ayuntamiento de Ourense

ANUNCIO por el que se da publicidad a la Sentencia 579/2016, en el procedimiento ordinario 4578/2011 (expediente Planeamiento urbanístico 2011002613).

Anuncio por el que se le da publicidad a la parte dispositiva de la sentencia 579/2016, de 6 de octubre de 2016, pronunciada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el procedimiento ordinario 4578/2011 en relación con Decreto 187/2011 de la Xunta de Galicia, de 29 de septiembre, por el que se suspende parcialmente la vigencia del Plan general de ordenación urbana del Ayuntamiento de Ourense y se aprueba la ordenación urbanística provisional hasta la entrada en vigor del nuevo planeamiento, interpuesto por la Asociación de propietarios de fincas urbanas de Ourense, se dictó sentencia 579/2016, de 6 de octubre, por la que se estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto.

Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 72 y 107 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y con el fin de llevar a puro y debido efecto dicha sentencia, se resuelve dar publicidad a su parte dispositiva, que a continuación se transcribe:

«Fallamos estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación de propietarios de fincas urbanas de Ourense, contra la disposición indicada en el primer fundamento de esta sentencia, que anulamos, por ser contraria a derecho, en cuanto se incluyen ámbitos de carácter privado en la ordenación urbanística provisional que aprueba. No se hace imposición de las costas del recurso.

Contra esta sentencia cabe interponer, bien ante el Tribunal Supremo, bien ante el Tribunal Supremo, bien ante la correspondiente sección de esta sala, el recurso de casación previsto en el artículo 86 de la Ley jurisdiccional, que habrá de prepararse mediante escrito a presentar en esta sala en el plazo de treinta días y cumpliendo los requisitos indicados en el artículo 89.2 de dicha ley».

Asimismo, la sección segunda del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, dictó auto en sentido de inadmitir a trámite el recurso de casación número 123/2016 preparados por la Xunta de Galicia y el Ayuntamiento de Ourense contra la sentencia 579/2016, de 6 de octubre de 2016, pronunciada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Ourense, 15 de junio de 2017

Jesús Vázquez Abad
Alcalde presidente