El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 2 de mayo de 2017, resolución por la que dispone la ejecución forzosa, mediante la ejecución subsidiaria por cuenta del obligado y sus causahabientes, de la Resolución de 20 de agosto de 2009 que ordenó A Cheda Inversións, S.L. la demolición de las obras de construcción de una vivienda unifamiliar en el lugar de Vilaronte, en el término municipal de Foz, provincia de Lugo.
Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas se notifica al interesado dicha resolución, por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.
Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica al interesado que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia, la notificación se entenderá producida el día siguiente al de su publicación.
Contra esta resolución, el interesado pueden interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la notificación, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Para que conste y le sirva de notificación al citado interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 22 de junio de 2017
José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística