La persona titular del Servicio de Movilidad de Ourense acordó la incoación del expediente sancionador OU-00284-O-2017 y seis más por infracción de la normativa sobre transporte terrestre.
Intentada la notificación del acuerdo de incoación por correo certificado con acuse de recibo en el domicilio que consta en el correspondiente expediente sancionador, ésta fue devuelta por el servicio de Correos. Por este motivo, y de conformidad con el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la notificación se efectúa por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que previamente se publica en el Diario Oficial de Galicia. En consecuencia, mediante este anuncio se notifican los acuerdos de incoación dictados a las personas interesadas.
Son informados/as de que los expedientes sancionadores se encuentran a su disposición en las oficinas del Servicio de Movilidad de Ourense.
Se les otorga un plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOE, para alegar lo que consideren conveniente, presentando o proponiendo las pruebas que estimen oportunas.
En el supuesto de que decida voluntariamente pagar la sanción antes de que transcurran treinta días contados desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOE, su cuantía se reducirá en un 30 % en la forma prevista en el artículo 146.3 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres. La realización de dicho pago implica la conformidad con los hechos denunciados, la renuncia a formular alegaciones por parte de la persona interesada y la terminación del procedimiento sancionador.
Ourense, 26 de junio de 2017
Ángel Míguez López
Jefe del Servicio de Movilidad de Ourense
ANEXO
Expediente Matrícula |
Denunciado DNI/CIF |
Infracción denunciada Fecha-Hora-Carretera-p.k. |
Precepto calificador |
Precepto sancionador |
Sanción propuesta |
OU-00284-O-2017 2121-FDR |
Rótulos Aire, S.L. B83159210 |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 10.1.2017; 10.30; A-52; 132,861 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) LOTT |
801 euros |
OU-00428-O-2017 8532-FYG |
Gradas e Hijos, S.L. B43615434 |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. 14.2.2017; 12.00; A-52; 181 |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
OU-00520-O-2017 8269-CHX |
Explotación Agraria Roymi, S.L. B94118197 |
La falta de consignación de la fecha de comienzo o final de utilización de una hoja de registro o documento de impresión de los tiempos de conducción y descanso. 26.2.2017; 11.51; OU-CV-Xinzo 000; 0,05 |
Art. 141.12 LOTT |
Art. 143.1.e) LOTT |
601 euros |
OU-00551-O-2017 2490-GXY |
Galaica de Asistencia al Hogar, S.L. B32380560 |
No llevar a bordo del vehículo la documentación formal que acredite la posibilidad legal de prestar el servicio. |
Art. 142.8 LOTT |
Art. 143.1.b) LOTT |
201 euros |
OU-00591-O-2017 4977-FTB |
Basicarne, S.L. B84482272 |
Atenuante-Realizar transporte público de mercancías en vehículo ligero careciendo de título habilitante. 25.2.2017; 7.15; OU180; 0,5 |
Art. 141.25 en relación con el art. 140.1 LOTT |
Art. 143.1.k) en relación con el apartado f) LOTT |
801 euros |
OU-00631-O-2017 LU-1653-U |
Montajes Alquiatlantic, S.L. B32476285 |
La realización de transporte privado careciendo de autorización. 14.2.2017; 18.00; A52; 181 |
Art. 141.14 LOTT |
Art. 143.1.e) LOTT |
601 euros |
OU-00632-O-2017 LU-1653-U |
Alquiatlantic, S.C. J32445504 |
La conducción durante más de cinco horas, aunque sin rebasar las seis, sin respetar las pausas reglamentariamente exigidas. Superior a 5 horas e inferior o igual a 6 horas. 14.2.2017; 18.00; A52; 181 |
Art.141.24.3 LOTT |
Art. 143.1.d) LOTT |
401 euros |