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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Lunes, 31 de julio de 2017 Pág. 36283

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela

EDICTO (188/2015).

Yo, María Teresa Vázquez Abades, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 188/2015 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José María Solla Guimarey contra la empresa Expomontajes Galicia, S.L. y Quatropint, S.L., se ha dictado la siguiente resolución:

«Decreto.

Letrada de la Administración de justicia: María Teresa Vázquez Abades.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2017.

Antecedentes de hecho.

Primero. Con fecha 24.2.2015 tuvo entrada en este órgano judicial demanda presentada por José María Solla Guimarey contra Expomontajes Galicia, S.L. y Quatropint, S.L, que dio lugar a la incoación del procedimiento ordinario 188/2015.

Segundo. Que por la parte demandante se presentó escrito desistiendo de la demanda y se intentó dar traslado de dicha petición a la parte demandada resultando infructuosa dicha notificación.

Fundamentos de derecho.

Único. Declarada por el actor su voluntad de abandonar el procedimiento iniciado por él, y no habiendo sido posible notificar dicha circunstancia a la parte demandada, procede, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.3 de la LEC sobreseer las actuaciones.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Parte dispositiva.

Acuerdo: tener por desistida a la parte demandante de su demanda acordando el sobreseimiento de las presentes actuaciones y el archivo de los autos.

Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.

Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación. (art. 188.2 de la LJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 0049 3569 9200 0500 1274 del Banco Santander, S.A., debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código “31 social-revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “recurso” seguida del “código 31 social-revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Expomontajes Galicia, S.L., y Quatropint, S.L, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de decreto, auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2017

La letrada de la Administración de justicia