Expediente: IN407A 2017/046-1.
Solicitante: Renovables Aragón, S.L.U.
Denominación: línea eléctrica subterránea de media tensión 20 kV.
Ayuntamientos: Cabana de Bergantiños y Zas.
Características técnicas:
LMTS a 20 kV, de 1.830 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3×1×400 mm2 Al, con origen en el centro de interconexión del parque eólico Mouriños proyectado (IN661A 2011/010-1) y final en el entronque con la línea de evacuación aérea de 20 kV proyectada para el parque eólico Pena Forcada-Catasol II (IN661A 2010/003-1).
Legislación de aplicación:
– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).
– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).
– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 diciembre).
– Resolución de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con el previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo).
– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).
– Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).
La relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados que se considera de necesaria expropiación figuran en el anexo que se acompaña a este acuerdo.
La declaración de utilidad pública, según el artículo 56 de la Ley 24/2013, del sector eléctrico, llevará implícita, en todo caso, la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Todas aquellas personas o entidades que se consideren afectadas podrán examinar el expediente y presentar alegaciones en el Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de Economía, Empleo e Industria, sita en la calle Vicente Ferrer, 2, 2ª planta, 15071 A Coruña, en el plazo de veinte días, a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.
Asimismo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, cuando las personas propietarias o titulares de derechos sobre fincas afectadas sean desconocidos, se ignore el lugar de notificación o bien, intentada ésta, no se pudiera practicar, la notificación se hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.
A Coruña, 3 de julio de 2017
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña
Anexo
Expediente: IN407A 2017/046-1.
Solicitante: Renovables Aragón, S.L.U.
Denominación: línea eléctrica subterránea de media tensión 20 kV.
Ayuntamientos: Cabana de Bergantiños y Zas.
– Relación de propietarios, bienes y derechos afectados.
– Ayuntamiento de Zas:
Parcela número: 1.
Paraje: Coto do Allo.
Cultivo: monte alto. Pasto.
Propietaria: Carmen Insua Muñiz.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 471, metros cuadrados 1437.
Parcela número: 2.
Paraje: Cova.
Cultivo: pinar.
Propietarios: herederos de José García Pazos.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 124, metros cuadrados 371.
Parcela número: 3.
Paraje: Pedra Ancha.
Cultivo: pinar.
Propietaria: Ramona Bouzas Ferreiro.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 182, metros cuadrados 545.
Parcela número: 4.
Paraje: Pedra ancha.
Cultivo: pinar.
Propietario: Alfonso Pazos Leis.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 47, metros cuadrados 140.
Parcela número: 5.
Paraje: Pedra Ancha.
Cultivo: pinar.
Propietaria: Carmen García Pazos.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 24, metros cuadrados 72.
Parcela número: 6.
Paraje: Pedra Ancha.
Cultivo: pinar.
Propietarios: herderios de María Vidal Durán.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 137, metros cuadrados 411.
Parcela número: 8
Paraje: Xunqueira.
Cultivo: eucaliptal.
Propietario: Manuel Rey Bértoa.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 541, metros cuadrados 2.019.
Parcela número: 12.
Paraje: Xunqueira.
Cultivo: Eucaliptal.
Propietario: Jaime Nantón Moreira.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 102, metros cuadrados 306.
Parcela número: 13.
Paraje: Pedra Ancha.
Cultivo: pinar.
Propietaria: Aurora Fernández Lema.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 47, metros cuadrados 140.
Parcela número: 14.
Paraje: Canaveira.
Cultivo: eucaliptal.
Propietarios: herederos de María Vidal Durán.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 4, metros cuadrados 13.
Parcela número: 15.
Paraje: Xunqueira.
Cultivo: prado.
Propietaria: María Consuelo Ferreiro Fernández.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 131, metros cuadrados 435.
–Ayuntamiento de Cabana de Bergantiños:
Parcela número: 57.
Paraje: Canaveira.
Cultivo: pinar.
Propietaria: Filomena Senande Romero.
Afecciones: zanja, servidumbre de paso subterránea, metros lineales 15, metros cuadrados 44.