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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 148 Viernes, 4 de agosto de 2017 Pág. 37084

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 20 de julio de 2017 por la que se notifica la resolución del procedimiento administrativo sancionador del expediente 13-35-17-41.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015 (BOE núm. 236, de 2 de octubre), del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica al denunciado, cuyos datos personales y último domicilio conocido en el anexo se mencionan, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, la resolución del procedimiento administrativo sancionador por infracción del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos, aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el BOE.

El órgano competente para la resolución del expediente, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1.a) del Decreto 227/1995, de 20 de julio (DOG núm. 146, de 1 de agosto), es el director del ente público.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Consejo de Administración según lo establecido en el acuerdo de delegación de competencias del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia, publicado por la Resolución de 1 de septiembre de 2008 en el DOG núm. 190, de 1 de octubre. El plazo para interponer este recurso es de un mes a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado.

Transcurrido el antedicho plazo, la resolución sancionadora devendrá firme y ejecutiva y podrá hacerse efectiva en período voluntario el importe de la sanción, dentro del plazo establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 12 de diciembre, general tributaria (BOE núm. 302, de 18 de diciembre), mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell/Gallego, Banco Pastor, Banesto, BBVA, BSCH y Abanca), empleando el modelo impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia.

De no efectuarse el ingreso en el antedicho plazo, se procederá a su exacción por vía ejecutiva.

Santiago de Compostela, 20 de julio de 2017

José Ignacio Villar García
Director de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Denunciado

Último domicilio conocido

Hecho denunciado

Fecha-hora-puerto

Precepto infringido

Precepto sancionador

Importe sanción

Sanc. 13-35-17-41

5057-FXG

Guardamuelles

Martín Paz Martínez.

Lg. Pena de Vilabar, nº 19, Troáns,

36675 Cuntis (Pontevedra)

Estacionamiento prohibido.

2.11.2016; 11.46 horas

Corbaceiras

(Pontevedra)

Art. 306.1.a) del Real decreto legislativo 2/2011 TRLPEMM.

Arts. 17 y 64 de la

OM 12.6.1976

Art. 312 del Real decreto legislativo 2/2011 TRLPEMM

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