Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 159 Miércoles, 23 de agosto de 2017 Pág. 40293

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Sanidad

CÉDULA de 13 de julio de 2017, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución del expediente sancionador 2017105AL-PO, por infracción en materia de seguridad alimentaria.

En fecha 23 de junio de 2017, la jefa territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra dictó la resolución del expediente sancionador 2017105AL-PO, incoado en la Jefatura Territorial de la Consellería de Sanidad de Pontevedra contra Abdelkebir Mouiya Bounovara, con DNI 78141300L.

Tras intentar la notificación de este acuerdo según lo dispuesto en el artículo 40 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no se pudo practicar, por lo que, mediante esta cédula, se notifica a Abdelkebir Mouiya Bounovara el contenido de dicho acuerdo, que figura en el anexo, según lo dispuesto en el artículo 44 de dicha ley, para que tenga conocimiento del mismo.

Asimismo, se le hace saber el derecho que le asiste, al amparo de lo dispuesto en el artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, para presentar alegaciones, ante esta jefatura territorial, en el plazo de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta cédula, recordándole su derecho a consultar el expediente, depositado en las dependencias de esta jefatura, sita en Pontevedra, en el Edificio Administrativo de la Xunta de Galicia; calle Fernández Ladreda, nº 43, 1ª planta, y obtener, en su caso, copia del mismo, según lo previsto en el artículo 53.1.a) de dicha ley.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 62.2 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, general tributaria, el plazo de ingreso en periodo voluntario se realizará: 1) si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, 2) si la notificación se realiza entre los días 16 y último del mes, desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil siguiente. Todo ello mediante ingreso que deberá efectuar en cualquier oficina de Abanca, de BBVA, transacción 1316, NIF S1511001H, Santander o http://www.cixtec.es/conselleria, empleando los impresos normalizados que le serán facilitados en las dependencias de esta jefatura territorial. El pago voluntario pondrá fin al expediente.

Esta cédula se expide para que conste y sirva de notificación al interesado, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Asimismo, se hace constar que la eficacia de la notificación quedará supeditada a su publicación en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE).

Pontevedra, 13 de julio de 2017

Ángeles Feijoo-Montenegro Fernández
Jefa territorial de Pontevedra

ANEXO

Número de expediente: 2017105AL-PO.

Denunciado: Abdelkebir Mouiya Bounovara, con DNI 78141300L.

Último domicilio conocido: O Cimbelo, nº 20. Lérez, 36156 Pontevedra.

Hecho imputado: infracción en materia de seguridad alimentaria.

Preceptos infringidos:

Capítulo IV del anexo II del Reglamento 852/2004, de 29 de abril, relativo a la higiene de los productos alimenticios:

6. Los productos alimenticios cargados en receptáculos de vehículos o colectores deberán colocarse y protegerse de forma que se reduzca al mínimo el riesgo de contaminación.

7. Cuando sea necesario, los receptáculos de vehículos o contenedores utilizados para el transporte de productos alimenticios deberán ser capaces de mantener los productos alimenticios a la temperatura adecuada y de forma que se pueda controlar dicha temperatura.

Tipificación: una infracción administrativa tipificada como leve en el artículo 41.g) de la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia.

Sanción impuesta: trescientos euros (300 €).