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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 162 Lunes, 28 de agosto de 2017 Pág. 40677

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (1065/2017 M).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 1065/2017

Juzgado de origen/autos: seguridad social 268/2015 Juzgado de lo Social número 4 de Vigo

Recurrente: Antonio Alonso Navia

Abogado: Juan Rafael Pazos Pesado

Procuradora: Raquel Iglesias Regueira

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Diputación Provincial de Pontevedra, Pipeworks, S.L., Mutua Universal Mugenat, Mutua la Fraternidad Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275, Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales nº 61, Mutual Midat Cyclops, SDM Marine and Industrial Works, S.L., Jalsoldar, S.L., Imega Morrazo, S.L.

Abogados: letrado de la Seguridad Social, letrado de la Seguridad Social, Alberto Gallego Rivera, Jacobo Sáenz-Diez Blázquez, Carlota Peláez Sabell, Juan Carlos Vázquez García, María Araceli Martínez Araujo, José Luis Feijoo Borrego, Amparo Moreno Iñarrea, Procuradores: Antonio Pardo Fabeiro, Concepción Pérez García

Eu, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la sección número 1 de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso suplicación 1065/2017 de esta sección, seguido a instancia de Antonio Alonso Navia contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Diputación Provincial de Pontevedra, Pipeworks, S.L., Mutua Universal Mugenat, Mutua la Fraternidad Muprespa, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 275, Fremap, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales nº 61, Mutual Midat Cyclops, SDM Marine and Industrial Works, S.L., Jalsoldar, S.L., Imega Morrazo, S.L., sobre accidente, se ha dictado la siguiente resolución:

«Fallamos:

Que estimando en parte el recurso de suplicación interpuesto por Antonio Alonso Navia contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Vigo de refuerzo, de fecha 11 de noviembre de 2016, y con revocación de su fallo debemos declarar que el actor se encuentra en situación de incapacidad permanente parcial derivada de enfermedad profesional con derecho a percibir la prestación correspondiente con cargo a la Mutua de Accidentes de Trabajo La Fraternidad Muprespa.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “observaciones o concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Imega Morrazo, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 20 de julio de 2017

La letrada de la Administración de justicia