La Orden de 21 de febrero de 2008 (DOG nº 45, de 4 de marzo) por la que se crea la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social establece en su artículo 1 la creación de dicha comisión como órgano colegiado asesor de la Comisión Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Concretamente en su artículo 2 se establece la composición y el procedimiento de designación de las personas miembros de la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Producidos cambios en la organización empresarial Confederación de Empresarios de Galicia-CEG y en las organizaciones sindicales Confederación Intersindical Gallega CIG y Sindicato Nacional de Comisiones Obreras CC.OO., y conforme a lo previsto en el artículo 2.4 de dicha orden se realizan las propuestas de nombramiento de las personas titulares y suplentes por parte de las antedichas organizaciones empresariales y sindicales.
En consecuencia, en el ejercicio de las atribuciones conferidas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
RESUELVO:
Artículo único. Sustitución de vocales
1. Nombrar como vocal de la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Galicia, a propuesta de la organización empresarial, a la persona que se relaciona a continuación:
– Por la Confederación de Empresarios de Galicia-CEG.
Titular: Marina Graña Bermúdez.
2. Nombrar como vocales de la Comisión Consultiva Tripartita de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Galicia, a propuesta de las organizaciones sindicales, a las personas que se relacionan a continuación:
– A propuesta de la Confederación Intersindical de Galicia-CIG.
Titular: Francisco X. Cartelle Pérez.
Suplente: Francisco Xavier González Sio.
– A propuesta del Sindicato Nacional de Comisiones Obreras-CC.OO.
Titular: Maica Bouza Seoane.
Suplente: Carmen Adela Sabio Sanz.
Disposición final única. Entrada en vigor
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 17 de agosto de 2017
Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria