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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 195 Viernes, 13 de octubre de 2017 Pág. 48042

III. Otras disposiciones

Escuela Gallega de Administración Pública

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2017 por la que se convoca un curso sobre consumo y género para personal empleado público del sector público autonómico de Galicia.

De acuerdo con el Convenio de colaboración suscrito el 5 de octubre de 2017 entre la Escuela Gallega de Administración Pública (en adelante EGAP) y el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia para el desarrollo de actividades de formación, divulgación e investigación, se convoca un curso de consumo y género para empleados/as públicos/as del sector público autonómico de Galicia.

RESUELVO:

Convocar un curso de consumo y género que figura en el anexo II, que deberá desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2017

Sonia Rodríguez-Campos González
Directora de la Escuela Gallega de Administración Pública

ANEXO I

Primera. Requisitos de las personas participantes

Empleados/as públicos/as de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, Espacios Jóvenes y OMIX.

Segunda. Desarrollo de las actividades de formación

La actividad formativa se realizará con los requerimientos, la duración y las condiciones que se indiquen en la convocatoria. La información relativa al desarrollo de la actividad, con sus posibles modificaciones, será actualizada y ampliada en la página web
http://egap.xunta.gal

Tercera. Solicitudes y plazos

1. El plazo de presentación de solicitudes será de ocho días naturales a contar a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

2. Las solicitudes de participación en las actividades formativas sólo podrán realizarse mediante el formulario de matrícula telemática disponible en la dirección
http://egap.xunta.gal/matricula desde las 8.00 horas de la fecha de inicio del plazo de presentación de solicitudes y hasta las 14.00 horas de la fecha de finalización. Las solicitudes se entenderán presentadas una vez que se complete correctamente el proceso de matriculación.

3. Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no se ajusten al formulario de solicitud, no tengan cubiertos correctamente los datos necesarios para la realización del proceso de selección o sean presentadas fuera de plazo.

4. Las personas que oculten o falseen datos esenciales para la selección serán automáticamente excluidas de las actividades solicitadas y pasarán al final de las listas de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar desde que se detecte el hecho.

5. Las personas interesadas en recibir mensajes sobre el proceso de selección deberán facilitar una dirección de correo electrónico y/o un número de teléfono móvil.

6. Las personas que necesiten acreditar circunstancias específicas (discapacidad, permiso de maternidad, etc.) de acuerdo con los criterios de selección deberán remitir a la EGAP la correspondiente documentación complementaria, junto con una copia del formulario de la matrícula, a la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.gal, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre). Dicha documentación deberá enviarse por una única de las vías indicadas; en caso contrario sólo serán considerados los datos recibidos por correo electrónico. La documentación deberá presentarse dentro del plazo señalado en el apartado 1 de esta base.

7. La EGAP adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de las solicitudes. Las dudas, las dificultades técnicas y las peticiones de información complementaria serán atendidas a través de los números de teléfono 981 54 62 57, 981 54 62 54 y 981 54 63 35 y de la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.gal

Cuarta. Criterios de selección

Criterios generales de la EGAP, según la Resolución de 4 de enero de 2008 (DOG de 10 de enero).

Quinta. Publicación de las relaciones del alumnado seleccionado

La EGAP publicará en la dirección http://egap.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

El plazo de presentación de alegaciones será de tres días naturales desde su publicación.

Se entenderá que las personas que no figuren en la relación fueron excluidas por alguna de las razones expresadas en las bases de la convocatoria u ocupan un puesto más alejado en el listado de espera, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

Sexta. Cambios o sustituciones en la selección, renuncia y asistencia

1. Los cambios o las sustituciones en la selección:

En ningún caso serán admitidos cambios o sustituciones entre las personas seleccionadas.

2. La renuncia:

a) Las personas seleccionadas sólo podrán renunciar a la actividad formativa:

– Por causa de fuerza mayor suficientemente acreditada.

– Por necesidades del servicio debidamente motivadas por parte de las personas responsables de los centros directivos.

– Por otras causas justificadas documentalmente.

b) La renuncia debe ser comunicada por escrito a la Escuela Gallega de Administración Pública con una antelación mínima de tres días hábiles anteriores al inicio de la actividad formativa. En la página web de la escuela está disponible un modelo de renuncia.

Para ello se podrá utilizar, además de lo previsto en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) la dirección de correo electrónico xestion.egap@xunta.gal

c) Las personas que incumplan lo previsto en los apartados a) y b) pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de esta actividad.

3. Seguimiento de las actividades de teleformación:

a) Las personas que no completen el 75 % de las actividades y tareas propuestas por la tutoría pasarán al final de los listados de espera de todas las actividades formativas que soliciten y cuyo plazo de matrícula comience dentro del año siguiente a contar a partir del día de la finalización de la actividad no completada.

Séptima. Realización de pruebas

Para poder superar la actividad de teleformación es necesario cumplir una serie de requisitos obligatorios en su totalidad:

– La asistencia a la sesión presencial de apertura, si la hubiere.

– La adecuada realización individual de todas las actividades que el/la tutor/a proponga. Estas deben constar debidamente presentadas en los plazos estipulados en la programación didáctica del curso. La no superación de las actividades obligatorias supondrá la pérdida automática del derecho a participar en el examen final.

– La superación de las pruebas de evaluación que a los efectos se establezcan. Para superar las pruebas de evaluación, los/las alumnos/as deberán responder de forma correcta a un 50 % de las preguntas de la prueba. Las respuestas incorrectas no descontarán aciertos.

Octava. Certificados

Para la obtención del certificado de aprovechamiento el alumnado deberá obtener la evaluación positiva de su profesorado, quien emitirá un informe en que declare apto o no apto a cada alumno/a en función del resultado de la prueba de evaluación.

Novena. Facultades de la EGAP

1. La EGAP y el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia podrán modificar el desarrollo, las fechas y los lugares de la actividad formativa, así como resolver todas las contingencias que puedan surgir.

2. En el supuesto de que el número de admitidos/as sea inferior al 50 % de las plazas convocadas, la EGAP y el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia se reservan el derecho a suspender o cancelar la actividad, caso en que se emplearán los medios de notificación a las personas interesadas previstos en la normativa vigente.

3. La EGAP y el Instituto Gallego del Consumo y de la Competencia garantizarán en la totalidad de las actividades derivadas de esta convocatoria la promoción de la igualdad real y efectiva entre mujeres y hombres, la eliminación de cualquier tipo de discriminación y el fomento de los derechos de conciliación.

ANEXO II

Código: CV17031.

Área de conocimiento: Consellería de Economía, Empleo e Industria.

Nombre del curso: Consumo y género.

1. Objetivos.

– Promover la reflexión en torno al consumo y el género filtrado por el papel crucial de la educación.

– Reflexionar sobre la relación entre el consumo y el género como elementos de desigualdad social, cuestionando los estereotipos de género asociados al consumo y analizando los roles de hombres y mujeres en este ámbito.

2. Destinatarios/as.

Personal de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, Espacios Jóvenes y OMIX.

3. Desarrollo.

Modalidad: teleformación.

Duración: 20 horas.

Ediciones: una.

Fechas: de 27 de octubre a 1 de diciembre de 2017.

Prueba final: el día 1 de diciembre.

Plazas: 50.

4. Contenido.

Módulo inicial: Guía didáctica y presentación del curso (2,5 horas).

Visualización Grandes almacenes y revolución social.

Módulo 1: El consumo como elemento de desigualdad social (5 horas).

El papel social del consumo en la historia y en la actualidad.

Derechos y deberes de las personas consumidoras y usuarias.

Resolución de conflictos de consumo.

Módulo 2: El género como elemento de desigualdad social (5 horas).

Módulo 3: La interacción entre el consumo y el género (5 horas).

Módulo final: Evaluación del curso (2,5 horas).