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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2017 Pág. 49843

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 16 de octubre de 2017 por la que se establecen los modelos a los que deberán adaptarse las memorias que edite la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y las entidades integrantes del sector público autonómico.

El Estatuto de autonomía de Galicia establece en los artículos 27.1, 27.18, 27.19 y 27.20, las competencias en materia de autoorganización, cultura y fomento de la lengua gallega.

La normativa reguladora de las publicaciones de la Xunta de Galicia y de las entidades de ella dependientes, además de por el artículo 8 de la Ley 17/2006, de 27 de diciembre, del libro y de la lectura de Galicia, se establece fundamentalmente en el Decreto 116/2002, de 1 de febrero, y en el Decreto 176/2011, de 1 de septiembre, que modifican el Decreto 196/2001, de 26 de julio, por el que se regulan las publicaciones de la Xunta de Galicia, que en su artículo 13 dispone que las publicaciones de la Xunta de Galicia se ajustarán, en lo que se refiere a la impresión, ejecución de obras en artes gráficas, coediciones, contratos de autor, de traducción y de distribución, a los modelos tipo aprobados por orden de la Consellería de Cultura y Turismo.

Por Orden de 20 de mayo de 2008 se establecen los modelos a los que deberán adaptarse las memorias que editen los distintos departamentos de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, agencias, fundaciones, entidades y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia.

La citada orden se dictó para completar la regulación de las publicaciones institucionales, en lo que atañe a las características de las memorias editadas por los distintos departamentos de la Xunta de Galicia y entidades de ella dependientes, y que debían adaptarse a lo establecido en el anexo de la propia orden.

El Consejo Coordinador de Publicaciones de la Xunta de Galicia, creado por el artículo 1 del Decreto 316/1990, de 8 de junio, por el que se regulan las publicaciones de la Xunta de Galicia, tiene entre sus funciones aprobar los criterios generales en materia de edición, impresión y comercialización.

Así, en la reunión de este órgano celebrada el 20 de diciembre de 2016 se acordó proponerle al conselleiro competente en la materia actualizar los contenidos que regula la Orden de 20 de mayo de 2008.

Debido al tiempo transcurrido, la práctica demostró que puede existir una tipología muy amplia de memorias, con muy diferentes enfoques, destinos y propósitos, que difícilmente se ajustan a las características marcadas en la orden de 2008 que las regula hasta ahora. Acorde con la nueva realidad, y por razones de operatividad, accesibilidad y actualización, se recomienda utilizar preferentemente el formato electrónico en la elaboración de dichas memorias.

Esta orden surge para dar cumplimiento a los principios establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, relativos a la necesidad, eficiencia, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica y transparencia.

Asimismo, pretende flexibilizar las estrictas especificaciones técnicas y formales que son incompatibles con las distintas necesidades derivadas de la diversidad de departamentos y entes que dependen de la Administración autonómica, y adaptar su contenido a la nueva normativa en materia de publicaciones.

Además, la necesidad de elaborar una nueva orden viene dada por la nueva normativa que afecta a las publicaciones de la Xunta de Galicia y entidades de ella dependientes, aprobada con posterioridad a la Orden de 20 de mayo de 2008.

Así, el Decreto 409/2009, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el uso de los elementos básicos de la identidad corporativa de la Xunta de Galicia, y la Orden de 18 de febrero de 2010 por la que se aprueba el Manual de normas de identidad visual corporativa institucional de la Xunta de Galicia, establecen los elementos constitutivos de la identidad visual de la Xunta de Galicia y regulan los usos y aplicaciones del logotipo y del símbolo corporativos de la Xunta de Galicia.

Asimismo, el Decreto 121/2011, de 16 de junio (DOG núm. 125, de 30 de junio), aprueba y regula las características e instrucciones para el empleo de la marca turística de Galicia.

Finalmente, la Resolución de 4 de julio de 2012, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad al Manual de estilo del Diario Oficial de Galicia y otras publicaciones institucionales pretende unificar formas lingüísticas, aspectos formales de edición y criterios de redacción de las publicaciones institucionales.

En consecuencia, en el ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

Esta orden tiene por objeto regular las memorias que edite la Administración general y las entidades integrantes del sector público autonómico, flexibilizar su contenido y armonizar sus aspectos técnicos y formales que se concretan en las especificaciones técnicas que figuran en el anexo I y en los modelos que figuran como anexo II.

Artículo 2. Definición

A efectos de lo dispuesto en esta orden, se entiende por memoria el documento en forma de publicación, cualquiera que sea su formato, en el que se recogen las actividades más significativas, o bien un resumen de todas las actividades efectuadas por una unidad administrativa, referidas a un período de tiempo, habitualmente anual.

Artículo 3. Características

1. Las memorias que editen los organismos que se expresan en el artículo 4 adaptarán sus características formales, en lo que afecta exclusivamente a las cubiertas, contracubiertas y lomos, al modelo que consta en los anexos de esta orden y, de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 18 de febrero de 2010 por la que se aprueba el Manual de normas de identidad visual corporativa institucional de la Xunta de Galicia, y lo establecido en el Decreto 121/2011, por el que se aprueba la marca turística de Galicia y se regula su utilización, y demás normativa que sea de aplicación; en especial, lo dispuesto en los artículos 11, 12 y 13 del Decreto 196/2001, de 26 de julio.

2. El contenido interno de cada memoria, en cuanto a su organización y diseño, lo decidirá libremente cada unidad editora, de acuerdo con la Resolución de 4 de julio de 2012, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, por la que se da publicidad al Manual de estilo del Diario Oficial de Galicia y otras publicaciones institucionales, y demás normativa que pueda ser de aplicación.

3. Las memorias en soporte digital se editarán en formato PDF, o en cualquier tipo de soporte electrónico accesible, tratando de respetar lo establecido en esta orden para la estructura de contenidos en formato papel.

4. Cuando las memorias se destinen a la venta al público, deberán incluir el número de ISBN, con el correspondiente código de barras.

Artículo 4. Procedimiento de aprobación

1. Las memorias que se vayan a editar se someterán al mismo procedimiento de aprobación que el resto de las publicaciones de la Xunta de Galicia, de acuerdo con la normativa que le es de aplicación, especialmente el Decreto 196/2001, de 26 de julio.

2. Cualquier modificación que se pretenda introducir en el modelo que se establece, por mor de adaptarlo a una determinada estructura, deberá aprobarla, en cada caso concreto, la Comisión Permanente de Publicaciones.

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

1. Queda derogada la Orden de 20 de mayo de 2008 por la que se establecen los modelos a los que deberán adaptarse las memorias que editen los distintos departamentos de la Xunta de Galicia, organismos autónomos, agencias, fundaciones, entidades y empresas en las que tiene participación mayoritaria la Xunta de Galicia.

2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en esta orden.

Disposición final primera. Habilitación para el desarrollo normativo

Se autoriza a la persona titular de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria para dictar y modificar cuantas disposiciones sean precisas para desarrollar y aplicar esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela,16 de octubre de 2017

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I
Especificaciones de preparación y edición

FORMATO DE LA EDICIÓN/CARACTERÍSTICAS DE LA EDICIÓN

Tamaño 30×21 cm.

Papel interior estucado mate 130 g.

Papel cubiertas 300 g.

Encuadernación en rústica con portadas plastificadas en mate.

COLORES

Grafismo «m»: Pantone Process Cian

TIPOGRAFÍA

ARIAL LIGHT

Abcdefghijklmnñopqrstuvwxyz

ABCDEFGHIJKLMNÑOPQRSTUVWXYZ

1234567890&$%@

ARIAL REGULAR

abcdefghijklmnñopqrstuvwxyz

ABCDEFGHIJKLMNÑOPQRSTUVWXYZ

1234567890&$%@

ARIAL BOLD

abcdefghijklmnñopqrstuvwxyz

ABCDEFGHIJKLMNÑOPQRSTUVWXYZ

1234567890&$%@ I

ARIAL BLACK

abcdefghijklmnñopqrstuvwxyz

ABCDEFGHIJKLMNÑOPQRSTUVWXYZ

1234567890&$%@

CUBIERTA

Tamaño: 30×21 cm.

Tapa anterior o anverso de la cubierta.

– Imagen: se situará en el margen superior.

– Título (unidad editora): tipografía: Arial Bold/black cp. 14 Arial light cp. 15.

Se situará a 5,5 cm del margen superior y se alineará a la izquierda.

– Grafismo «m» de memoria en la parte superior:

Cor Pantone Process Cian.

Situado a 7 cm del margen superior.

Tamaño de 3×2 cm.

– Grafismo «m» de memoria en la parte inferior:

Cor Pantone Process Cian.

Situado a 1 cm del margen inferior.

Tamaño de 0,8×0,5 cm.

– Logotipo Xunta de Galicia: centrado a 1 cm del margen inferior, en Pantone negro.

Tapa posterior o reverso de la cubierta.

– Grafismo «m» de memoria en la parte superior:

Cor Pantone Process Cian.

Situado a 7 cm del margen superior.

Tamaño de 3×2 cm.

– Marca gráfica de la Xunta de Galicia, centrado y situado a 1 cm del margen inferior.

LOMO

Título (unidad editora) centrado y con su lectura en sentido descendente, el símbolo corporativo de la Xunta de Galicia se situará a 1 cm del margen inferior.

PORTADA

Tamaño: 30×21 cm.

El rectángulo tendrá un tamaño de 4×13,5 cm y de color Pantone Process Cian.

– Título (unidad editora):

• Tipografía: Arial Bold/black cp. 14 Arial light cp. 15.

• Color blanco.

• Se situará a 1,5 cm del margen superior y se alineará a la izquierda.

– Grafismo «m» de memoria en la parte superior derecha a 1,5 cm del margen superior, de tamaño 0,8×0,5 cm y de color blanco.

– Logotipo de la Xunta de Galicia centrado a 2,5 cm del margen inferior en Pantone negro.

PÁGINA DE CRÉDITOS/IDENTIFICACIONES

En la parte inferior de la página, en texto, deberá ir la siguiente información:

Edita:

Lugar:

Año:

D.L.

Queda a criterio de la unidad editora incorporar otro tipo de información como copyrights, licencias Creative Comons...

NOTA

Para la edición de las memorias se tendrá en cuenta lo dispuesto en el Manual de identidad visual corporativa, institucional de la Xunta de Galicia, aprobado por la Orden de 18 de febrero de 2010 (DOG de 19 de febrero), el Decreto 121/2011, de 16 de junio, por el que se aprueba la marca turística de Galicia y se regula su utilización y el Manual de estilo del Diario Oficial de Galicia y otras publicaciones institucionales, aprobado por la Resolución de 4 de julio de 2012.

ANEXO II
Modelos

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