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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 204 Jueves, 26 de octubre de 2017 Pág. 49916

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 3 de octubre de 2017 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Lourdes II.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Lourdes II y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

Antecedentes:

Primero. Mediante escrito de 11 de agosto de 2017, Mª del Mar Lago Rodríguez (33263427E), como administradora de la empresa Lago Mejilloneras, S.L. (B15521958), solicitó autorización para la transmisión de la concesión administrativa y de la batea Lourdes II.

Segundo. La solicitante presentó la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG núm. 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG núm. 243, de 15 de diciembre), con la Orden de 8 de septiembre de 2017, de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia (DOG núm. 180, de 21 de septiembre).

Segundo. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999, por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG núm. 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos a favor de Javier Antonio Caamaño Zubiela (33260936S), ganancial con Ana Isabel Filloy Lorenzo (11416776J), y Juan Manuel Caamaño Zubiela (33225393F), ganancial con Mª José Villar Estalote (76517576A), de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Lourdes II.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 91.

Polígono: B.

Distrito: Muros (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 20.3.1959.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actual titular: Lago Mejilloneras, S.L. (B15521958).

Nuevos titulares: Javier Antonio Caamaño Zubiela (33260936S), ganancial con Ana Isabel Filloy Lorenzo (11416776J), y Juan Manuel Caamaño Zubiela (33225393F), ganancial con Mª José Villar Estalote (76517576A).

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. El actual titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia cotejada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. Los nuevos titulares de la concesión quedan subrogados en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses a contar en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 3 de octubre de 2017

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña