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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Viernes, 3 de noviembre de 2017 Pág. 50967

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDCITO (RSU 3233/2017).

Tipo y número de recurso: recurso de suplicación 3233/2017

Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 126/2017. Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Recurrentes: Álvaro Conrado Fernández y Pablo Ferreiros Regueira

Abogado: Ramón Hermida Mosquera

Recurridos: Fogasa e Itonor, S.A.L.

Abogado/a: letrado del Fogasa

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3233/2017 seguido a instancia de Álvaro Conrado Fernández y Pablo Ferreiros Regueira contra el Fogasa e Itonor, S.A.L., sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución que, copiada en los particulares necesarios, dice:

«Fallamos que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por Álvaro Conrado Fernández y Pablo Ferreiros Regueira contra la sentencia del Juzgado de lo Social número 1 de Vigo, dictada en juicio instado por los recurrentes contra la empresa Itonor, S.A.L., con intervención del Fondo de Garantía Salarial, la sala la revoca en parte, añadiendo al fallo además la condena al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de la sentencia que declara extinguida la relación laboral, en base a un salario diario de 47,99 euros a Álvaro Conrado y 67,75 euros a Pablo Ferreiro.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá efectuar:

– El depósito de 600 euros en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Y para que sirva de notificación en legal forma a Itonor, S.A.L., con último domicilio conocido en la carretera de Vigo-Vinicios, Gondomar, y actualmente en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia. Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 6 de octubre de 2017

La letrada de la Administración de justicia