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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 15 de noviembre de 2017 Pág. 52544

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

ANUNCIO de 2 de noviembre de 2017, de la Jefatura Territorial de Ourense, por el que se hace público el apercibimiento por la situación de abandono de la explotación Prado número 289, situada en el término municipal de Viana do Bolo.

A la vista de los datos que se encuentran en la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria y del resultado de las inspecciones realizadas en varias ocasiones por los técnicos facultativos adscritos a la misma, se pone en conocimiento que la explotación nº 289 Prado, situada en el término municipal de Viana do Bolo, provincia de Ourense, de la que es titular la mercantil Orozco-Sarasa, S.L., con último domicilio social conocido en la Urbanización Piedralabes, nº 5-1º B, Las Rozas, Madrid, se encuentra en situación de abandono, sin que se hayan adoptado las medidas de seguridad para el cierre y clausura definitivos de la misma, según lo establecido en el artículo 88 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de minas, y en el artículo 112 del Real decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento general para el régimen de la minería.

Para el abandono temporal o definitivo de la explotación el titular debe solicitarlo presentando el reglamentario proyecto en el que se constatarán detalladamente cuantas medidas se pretendan adoptar para salvaguardar los intereses y seguridad de terceros.

En esta jefatura territorial no consta que se presentase el citado proyecto y dada la situación de abandono en la que se encuentra la explotación, lo requerimos para que en el plazo máximo de 30 días presente el proyecto para el abandono, según lo previsto en la Instrucción técnica complementaria 13.0.01, Suspensión y abandono de labores. Abandono de labores, del Reglamento general de normas básicas de seguridad minera recogidas en el Real decreto 863/1985, de 2 de abril, y proceda a la ejecución de la restauración.

De no dar cumplimiento a este requerimiento, procederemos a la ejecución subsidiaria para adoptar las medidas precisas y proceder al cierre y restauración de la explotación minera, con el posterior reintegro de los gasto por el titular, sin perjuicio de la facultad de inicio del correspondiente expediente sancionador por infracción grave según el artículo 58 de la Ley 3/2008, de 23 de mayo, de ordenación de la minería de Galicia.

Intentada la notificación al interesado anteriormente citado por esta Jefatura Territorial de Economía, Empleo y Industria de Ourense, prevista en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, del deber de presentar el reglamentario proyecto y no haber sido posible por domicilio desconocido, se procede a su publicación en aplicación del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Ourense, 2 de noviembre de 2017

Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense