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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 15 de noviembre de 2017 Pág. 52549

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 24 de octubre de 2017 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas y de las bateas Fea y M.K. I.

Visto los expedientes instruidos a efectos de transmisión de las bateas Fea y M.K. I y de las concesiones administrativas que les amparan, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 19 de octubre de 2017, Juan Carlos Silva García y María José Costas del Río solicitan autorización para la transmisión inter vivos de las concesiones administrativas y de las bateas Fea y M.K. I.

Segundo. Los solicitantes presentaron la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidade con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en su artículo 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y con la forma de pactos de apartación o pactos de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de la empresa Mejilloneras Adrimar, S.L. (B70534503), de las concesiones administrativas y de las bateas que se indican a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Fea.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 145.

Polígono: H.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 9.4.1975.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Juan Carlos Silva García y María José Costas del Río (78780478G- 33275225K) 100 % ganancial.

Nueva titular: Mejilloneras Adrimar, S.L. (B70534503) 100 %.

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: M.K. I.

Ubicación:

Cuadrícula nº: 86.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 19.4.1974.

Fin de la vigencia: 15.12.2019.

Actuales titulares: Juan Carlos Silva García y María José Costas del Río (78780478G- 33275225K) 100 % ganancial.

Nueva titular: Mejilloneras Adrimar, S.L. (B70534503) 100 %.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. Los actuales titulares deberán presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segunda. Transcurrido el plazo indicado en la condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. La nueva titular de la concesión administrativa queda subrogada en los derechos y obligaciones de los anteriores desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos dos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 24 de octubre de 2017

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Juan Carlos Barreiro González
Jefe territorial de A Coruña