Con fecha 8 de noviembre de 2017, la Dirección General de Energía y Minas dictó resolución por la que se otorgan a la empresa Viesgo Distribución Eléctrica, S.L. las autorizaciones administrativas previas y de construcción, y se reconoce, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica E/S de la LAT 132 kV Doiras-Mondoñedo en la subestación de Barreiros (DOG de 30.11.2017), que afecta al ayuntamiento de Lourenzá.
Esta declaración de utilidad pública, según lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, implica la necesidad de ocupación de los bienes o la adquisición de los derechos afectados y su urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
De acuerdo con lo anterior, esta jefatura territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 52 de la Ley de expropiación forzosa, resuelve convocar a todas las personas afectadas con las que no se llegó a un acuerdo, incluidas en la relación de bienes y derechos que se inserta como anexo a la presente resolución y también que se publica en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Lourenzá, deducida de la que se sometió a información pública en el diario El Progreso de 24 de agosto de 2017, en el Boletín Oficial de la provincia de Lugo de 30 de agosto de 2017 y en el Diario Oficial de Galicia de 29 de agosto de 2017 para que comparezcan el día 15 de febrero de 2018 en el ayuntamiento señalado, como punto de reunión para, de conformidad con el procedimiento que se establece en el citado artículo, llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación.
De esta convocatoria se dará traslado a los interesados mediante la oportuna citación individual, en la que se señalara día y hora para el levantamiento de actas previas, asimismo en el tablón de anuncios del ayuntamiento de Lourenzá estará expuesta la fecha del levantamiento de actas. Todos los interesados, así como las personas que sean titulares de cualquier clase de derechos o intereses sobre los bienes afectados deberán acudir personalmente o representados por persona debidamente autorizada, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, pudiendose acompañar de sus peritos y de un notario a su cargo (artículo 52.3 de la Ley de expropiación forzosa).
Asimismo, se advierte a todos los interesados que podrán formular alegaciones por escrito en esta jefatura territorial (ronda de la Muralla 70, Lugo) hasta el momento del levantamiento de actas previas, para los únicos efectos de subsanar los posibles errores cometidos en la relación de bienes y derechos afectados (artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa).
Esta publicación se realiza igualmente, para los efectos que determina el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre) cuando los titulares de las fincas propuestas sean desconocidos, no se sepa el lugar de notificación, o bien, intentada la notificación, no se hubiese podido realizar (sin perjuicio de la correspondiente publicación en el BOE) y así dirigir al Ministerio Fiscal las diligencias que se produzcan de conformidad con el artículo 5 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
Lugo, 10 de enero de 2018
La jefa territorial de Lugo
P.S. (Artículo 62.3 y 63.1 Decreto 175/2015, de 3 de diciembre)
Patricia Dans Grela
Jefa del Servicio de Coordinación Administrativa y Gestión Económica