Yo, Marina Pilar García de Evan, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 562/2016 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Susana Guitar Novo contra 2 Mil Desarrollo y Organización de Servicios Múltiples Internacionales, S.L., Estudios, Custodias y Traslados Vía Nova, S.L., Consello da Cultura Galega y Universidad de Santiago de Compostela sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«– Citar a las partes para que comparezcan el día 18.4.2018 a las 10.15 horas en la Secretaría de este juzgado, para la celebración del acto de conciliación ante la letrada de la Administración de justicia y, una vez intentada, y en caso de no alcanzarse la avenencia, el día 18.4.2018 a las 10.20 horas en la planta baja, sala de vistas, Edif. Juzgados, para la celebración del acto de juicio ante la magistrada.
– Se advierte a la parte demandante que, en caso de no comparecer al señalamiento sin alegar justa causa que motive la suspensión de los actos de conciliación y juicio, se le tendrá por desistida de su demanda; advirtiendo igualmente a la parte demandada que su incomparecencia a los referidos actos no impedirá su celebración, continuando éstos sin necesidad de declarar su rebeldía.
– Respecto a los otrosíes solicitados a los efectos previstos en el artículo 81.4 de la LJS, paso dar cuenta al juez.
Al otrosí, se tiene por anunciado el propósito de comparecer asistido/a representado/a de abogado/a o graduado social a los efectos del artículo 21.2 de la LJS y por designado domicilio a efectos de comunicaciones, artículo 53 de la LJS.
– Antes de la notificación de esta resolución a las partes paso a dar cuenta a SSª del señalamiento efectuado.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.
Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
La letrada de la Administración de justicia».
Y para que sirva de notificación en legal forma a 2 Mil Desarrollo y Organización de Servicios Múltiples Internaciones, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el boletín oficial correspondiente.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 7 de diciembre de 2017
La letrada de la Administración de justicia