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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 16 Martes, 23 de enero de 2018 Pág. 5057

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (465/2017).

Yo, Marta Yanguas del Valle, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de refuerzo de A Coruña, hago saber que en el procedimiento vacaciones 465/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Alfredo Álvarez López contra Plantadeza, S.L. sobre vacaciones, se ha dictado la siguiente resolución cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«Sentencia.

A Coruña, 22 de junio de 2017.

Vistos por mí, Patricia López Arranz, magistrada jueza del Juzgado Social de refuerzo de A Coruña, los presentes autos seguidos ante este juzgado a instancia de Alfredo Álvarez López, asistido de la letrada Lidia Vázquez Méndez, contra Plantadeza, S.L., que no comparece, procedo a dictar sentencia de conformidad con los siguientes,

Fallo.

Que debo estimar y estimo la demanda presentada por Alfredo Álvarez López contra Plantadeza, S.L. y declaro su derecho a disfrutar de las vacaciones del año 2017 desde el 10 de julio al 8 de agosto, ambos inclusive.

Se condena a la empresa a estar y pasar por esta declaración.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia, que quedará en estas actuaciones, con inclusión de la original en el libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Publicación. La anterior sentencia fue leída y publicada por la magistrada jueza que la suscribe en el día de su fecha, de lo que yo, la letrada de la Administración de justicia, doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Plantadeza, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de diciembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia