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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 18 Jueves, 25 de enero de 2018 Pág. 5548

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia

EXTRACTO de la Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018 (SI427A).

BDNS (identif.): 381514.

De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (BDNS) (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la convocatoria las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro que tengan domicilio social o delegación en Galicia y que estén inscritas en el área de Igualdad do Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS), siempre que cumplan los demás requisitos y condiciones establecidos en las bases reguladoras.

Segundo. Objeto

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto fomentar la igualdad de oportunidades para contribuir a la reducción de la doble discriminación en la que se encuentran las mujeres en situación de especial vulnerabilidad, con la finalidad de que puedan lograr una mayor autonomía e independencia de cara a mejorar su situación personal, social y laboral, mediante el apoyo a programas de recursos integrales de atención personalizada y especializada que respondan a uno de los siguientes tipos:

a) Programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes con hijas o hijos menores de tres años, en situación de especial vulnerabilidad.

b) Programa de recursos integrales de atención personalizada y especializada para mujeres en situación de especial vulnerabilidad, pertenecientes a uno o vario colectivos en los que concurra dicha situación.

Son subvencionables los gastos y las actuaciones realizadas entre el 1 de octubre de 2017 y el 30 de septiembre de 2018.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 29 de diciembre de 2017, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo con cargo al programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y se convocan para el año 2018 (SI427A).

Cuarto. Importe

La cuantía máxima de la ayuda es de 40.000 euros. Para la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de un millón quinientos ochenta mil setecientos euros con veintiocho céntimos (1.580.700,28 euros), financiado en un 80 % con cargo al FSE, en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020, y en un 20 % con cargo a fondos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primero día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2017

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad