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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 20 Lunes, 29 de enero de 2018 Pág. 6328

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Desarrollo Rural

EXTRACTO de la Resolución de 26 de diciembre de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el período 2018-2019.

BDNS (Identif.): 381938.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.minhap.gob.es/bsnstrans/index):

Primero. Beneficiarias

a) Microempresas y pequeñas empresas ubicadas en zonas rurales. A estos efectos, la definición de pequeña empresa es la que resulta del Reglamento (UE) núm. 651/2014, de 17 de junio, por la que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

b) Personas físicas que residan en una zona rural.

c) Titulares o miembros de una unidad familiar de una explotación agraria que diversifiquen sus actividades en ámbitos no agrícolas y que desarrollen su proyecto en la propia explotación.

Segundo. Objeto

Apoyo a la ampliación y modernización de pequeñas empresas mediante la adquisición de equipos productivos destinados a actividades no agrícolas, y la ejecución de obras y/o instalaciones necesarias para el funcionamiento de la maquinaria adquirida.

Tercero. Bases reguladoras

Resolución de 26 de diciembre de 2017 por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para proyectos de inversión en actividades no agrícolas, cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020, y se anuncia la convocatoria para el período 2018-2019.

Cuarto. Cuantía

La cuantía global de la convocatoria es de 4.500.000 €, con la siguiente distribución plurianual: 2.000.000 € en la anualidad 2018; 2.500.000 € en la anualidad 2019.

Este crédito está cofinanciado en un 75 % por el Feader, en el marco de la medida 6.4 del PDR de Galicia 2014-2020.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar las solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de Galicia (DOG).

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuere inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Sexto. Otros datos

La concesión de ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Los proyectos subvencionados recibirán un porcentaje de ayuda del 45 % de los gastos subvencionables.

Las ayudas concedidas están amparadas en el Reglamento (UE) núm. 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013 (DO L352, de 24 de diciembre), referente a la aplicación de los artículos 107 y 108 del TFUE.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2017

Miguel Ángel Pérez Dubois
Director general de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural