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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 26 Martes, 6 de febrero de 2018 Pág. 8516

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Mar

ORDEN de 8 de enero de 2018 por la que se autoriza la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Ricardo I.

Visto el expediente instruido a efectos de transmisión de la batea Ricardo I y de la concesión administrativa que la ampara, resulta:

a) Antecedentes.

Primero. Mediante escrito de 5 de enero de 2018, Ricardo Pérez Dieste solicita autorización para la transmisión inter vivos de la concesión administrativa y de la batea Ricardo I.

Segundo. El solicitante aportó la documentación requerida para la tramitación de este tipo de procedimientos.

b) Consideraciones legales y técnicas.

Primera. Este órgano es competente para resolver el expediente de conformidad con la Ley 11/2008, de 3 de diciembre, de pesca de Galicia (DOG número 243, de 16 de diciembre), modificada por la Ley 6/2009, de 11 de diciembre (DOG número 243, de 15 de diciembre), y con la Orden de 8 de septiembre de 2017 de delegación de competencias en la Secretaría General Técnica de la Consellería del Mar, en las direcciones generales y jefaturas territoriales y en la Presidencia del Consejo de Administración del ente público Puertos de Galicia.

Segunda. La Ley 2/2006, de 14 de junio, del derecho civil de Galicia (DOG número 124, de 29 de junio), en su artículo 209 y siguientes, regula los pactos sucesorios como negocios mortis causa y en forma de pactos de apartación o de mejora.

Tercera. El expediente siguió todos los trámites establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre), con las especialidades previstas en el Decreto 406/1996, de 7 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de viveros de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 228, de 21 de noviembre), y en la Orden de 15 de junio de 1999 por la que se regula el procedimiento para la transmisión de la titularidad de las concesiones de las bateas de cultivos marinos en las aguas de Galicia (DOG número 126, de 2 de julio).

Vistas las disposiciones citadas, esta consellería resuelve:

Autorizar la transmisión inter vivos, a favor de Carmelo Vidal Pérez (52456923H) y David Vidal Pérez (53485708J) de la concesión administrativa y de la batea que se indica a continuación:

Identificación:

Tipo: batea.

Nombre: Ricardo I.

Situación:

Cuadrícula nº: 79.

Polígono: E.

Distrito: Caramiñal (A Coruña).

Especies autorizadas: mejillón (Mytilus galloprovincialis).

Título administrativo habilitante: concesión de actividad.

Orden de otorgamiento: 10/01/1968.

Final de la vigencia: 15.12.2019.

Actual titular: Ricardo Pérez Dieste (52450522B) 100 % privativo.

Nuevos titulares: Carmelo Vidal Pérez (52456923H) 50 % privativo y David Vidal Pérez (53485708J) 50 % privativo.

Bajo las siguientes condiciones:

Primera. El titular deberá presentar en el plazo máximo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia, original o fotocopia compulsada de la siguiente documentación:

a) Documento notarial de la transmisión o donación.

b) Solicitud o carta de pago del impuesto de transmisiones patrimoniales o documento de sucesiones.

Segundo. Transcurrido el plazo indicado en condición primera sin haber aportado la documentación requerida, la autorización quedará sin efecto, previa comunicación por parte de la consellería.

Tercera. Los nuevos titulares de la concesión administrativa quedan subrogados en los derechos y obligaciones del anterior, desde el momento de formalización de la compraventa en escritura pública.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante la conselleira del Mar, o recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

A Coruña, 8 de enero de 2018

La conselleira del Mar
P.D. (Orden de 8.9.2017)
Por delegación de firma (Resolución de 11.10.2017)
María José Cancelo Baquero
Jefa del Servicio de Recursos Marinos