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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 33 Jueves, 15 de febrero de 2018 Pág. 10348

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos

EDICTO (190/2016).

En los autos de ordinario número 190/2016, seguidos a instancia del procurador Manuel J. Pedreira del Río, en nombre y representación de María del Carmen Varela Iglesias, contra Adiela Suárez Arenas, se ha dictado con fecha 1.9.2017 sentencia, que contiene el encabezamiento y parte dispositiva que literalmente dicen:

Sentencia: 126/2017.

Juicio ordinario nº 190/2016.

Sentencia:

En Betanzos, 1 de septiembre de 2017.

Vistos por mi Mª de las Nieves Corral Montes, magistrada jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Betanzos y su partido judicial, los autos del juicio ordinario nº 190/2016 en el que han sido parte demandante Mª del Carmen Varela Iglesias representada por el procurador Manuel J. Pedreira y asistido por el letrado Javier Lois y parte demandada Adiela Suárez Arenas.

Fallo:

Que estimando la pretensión presentada por la parte demandante Mª del Carmen Varela Iglesias representada por el procurador Manuel J. Pedreira del Río contra la parte demandada Adiela Suárez Arenas, debo declarar y declaro:

– La nulidad del título de adjudicación de herencia autorizada por el notario Isidoro Antonio Calvo Vidal de fecha 2.2.2007 bajo el nº de protocolo 270.

– La nulidad de la inscripción registral 5º denominada herencia de fecha 4.4.2007 donde consta Adiela Suárez Arenas como propietaria de la finca con carácter privativo por título de adjudicación de la herencia intestada de Daniel Sebastián Varela Iglesias.

Se condena en costas a la demandada.

Notifíquese a las partes.

Esta resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días desde su notificación.

Llévese testimonio de la presente resolución a los autos a que se refiere y el original al libro de sentencias que se lleva en este juzgado.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronunció, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada jueza que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha, ante mí la letrada de la Administración de justicia. Doy fe.

Y, en cumplimiento de lo acordado, para su publicación en el DOG, y para que sirva de notificación en forma a la demandada rebelde Adiela Suárez Arenas, se expide el presente edicto.

Betanzos, 1 de septiembre de 2017

La letrada de la Administración de justicia