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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 52 Miércoles, 14 de marzo de 2018 Pág. 15275

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2018, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se aprueban y se hacen públicas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna y cambio de categoría, en la categoría 14 (bombero/a forestal) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

Por Resolución de 18 de enero de 2018, de la Dirección General de la Función Pública (Diario Oficial de Galicia nº 19, de 26 de enero) se aprobaron las listas provisionales de personas admitidas y excluidas del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna y cambio de categoría, en la categoría 14 (bombero/a forestal) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

Una vez transcurrido el plazo establecido para la presentación de reclamaciones sobre las listas provisionales, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento de selección de personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, y con la base I.4.2 de las que rigen el proceso selectivo convocado por la Orden de 18 de septiembre de 2017, (Diario Oficial de Galicia nº 182, de 25 de septiembre), esta dirección general

RESUELVE:

Aprobar las listas definitivas de personas admitidas y excluidas al proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna y cambio de categoría, en la categoría 14 (bombero/a forestal) del grupo V de personal laboral fijo de la Xunta de Galicia.

La lista definitiva de personas aspirantes admitidas se podrá consultar en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal.

La lista de personas aspirantes excluidas, con indicación de la causa determinante de su exclusión, figura como anexo a esta resolución.

La Administración devolverá de oficio el importe ingresado en concepto de derechos de examen a aquellas personas aspirantes definitivamente excluidas que, de acuerdo con la base I.3, realizaron el pago con certificado digital o DNI electrónico o bien hicieron constar en su solicitud el número de cuenta a estos efectos. Para la devolución del importe ingresado por aquellas otras personas aspirantes que no hicieron constar esos datos y figuren en esta resolución como excluidas, será necesaria la presentación de un escrito en el cual la persona interesada haga constar el número de cuenta (24 dígitos), la entidad bancaria y la localidad de ésta o de un certificado expedido por la entidad en el que figuren esos datos. Esta documentación deberá ser presentada en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

De conformidad con lo dispuesto en la base I.3, no procederá la devolución del importe abonado en concepto de derechos de examen en los supuestos de renuncia a participar en el proceso de las personas aspirantes admitidas provisional o definitivamente.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Hacienda, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, contados desde la misma fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en relación con el artículo 10.1 del mismo texto legal.

Santiago de Compostela, 6 de marzo de 2018

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO
Relación de personas aspirantes excluidas

Acceso general.

Apellidos y nombre

NIF

Motivo de la exclusión

Blanco Vallejo, Lucía

44825348G

20, 96

Rego Domínguez, Javier Carlos

44461254T

96

Rolle Fraga, Silvia

34638684V

96

Código

Descripción

20

Tasas no abonadas

96

No ser personal laboral fijo