Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se describe:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: travesía de Vigo, 204, 36207 Vigo.
Denominación: refuerzo de varios tramos de la LMTA LAL803 Anzo.
Situación: Lalín.
Características técnicas:
LMT aérea a 20 kV con conductor LA-56 estructurada en cuatro tramos:
1. 463 metros; origen: apoyo proyectado (APP) C-16/2000 (D32-104) con derivación al centro de transformación (CT) Castelo; final: APP C-14/2000 (D32-108).
2. 213 metros; origen: APP C-16/2000 (D32-116); final: APP C-14/2000 (D32-118) con derivacion en la antena al CT Cancelas.
3. 54 metros; origen: APP C-14/2000 (D32-118) con derivacion en la antena al CT Cancelas; final: apoyo existente (APE) C-12/2000 (D32-118-1) en la derivacion en la antena al CT Cancelas.
4. 497 metros; origen: APE 12/2000 (D32-132); final: APE HV-630-13 con derivación al CT Ervo.
La instalación está situada en Cadrón, Cangas y Palmou, en el ayuntamiento de Lalín.
Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en el capítulo II, del título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG nº 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial resuelve:
Conceder autorización administrativa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
Pontevedra, 19 de febrero de 2018
Ignacio Rial Santomé
Jefe territorial de Pontevedra