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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 62 Miércoles, 28 de marzo de 2018 Pág. 17836

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2018, de la Secretaría General Técnica de la Consellería del Medio Rural, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación do Campo Galego.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación do Campo Galego, se dicta la presente resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

1. Manuel Iglesias Pérez, presidente del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación do Campo Galego fue constituida en escritura pública otorgada en Silleda, el 15 de marzo de 2018, ante el notario Manuel Barros Gallego, con el número 306 de su protocolo, por la Fundación Jorge Jove y Abanca Corporación Bancaria, S.A., representadas para este acto por Ángel Antonio Jove González y José Antonio Seoane Gómez, respectivamente.

3. La Fundación do Campo Galego, según establece el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto o fines principales:

– Dignificar el campo gallego.

– Fomentar el campo gallego como una opción de trabajo.

– Constituir, desarrollar y gestionar el Museo del Campo y la Mecanización Agraria.

– Promover y desarrollar el estudio y la investigación histórica de la mecanización agraria, en su faceta científica, técnica, industrial, comercial y turística, así como de las consecuencias que su implantación tuvo en el ámbito histórico, cultural, sociológico y económico.

– Fomentar la recuperación, restauración, conservación, exhibición y uso de todo tipo de mecanización agraria de carácter histórico, así como mostrar la historia del campo gallego y su evolución en sus diferentes facetas actuales o las que en el futuro se instituyan.

– Fomentar la formación de profesionales implicados en estos sectores, así como la difusión pública de estudios e iniciativas que contribuyan al conocimiento por la opinión pública de estas actividades.

– Fomentar el desarrollo, en Galicia, de actividades museísticas, culturales y sociales relacionadas con el mundo del campo y la mecanización agraria.

– La cooperación al desarrollo del progreso económico y social.

– Fomentar la autoestima del trabajador del campo, así como proyectar hacia la sociedad en general el reconocimiento de la labor que realiza cualquier persona que trabaja en, por o para el campo.

– Contribuir con sus actividades de forma decidida a reducir la despoblación del campo, como seria amenaza a la pérdida de cultura, patrimonio material e inmaterial, biodiversidad y capacidad productiva.

4. En la escritura de constitución de la fundación constan los aspectos relativos a la personalidad de los fundadores, a su capacidad para constituirla, a su voluntad de hacerlo como de interés gallego conforme los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, a la dotación, a los estatutos y a la composición del patronato inicial.

5. En los estatutos de la fundación consta su denominación, su dirección, su objeto y finalidad, las reglas para la aplicación de las rentas a los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios, la composición y las normas de funcionamiento del patronato, las causas de disolución y el destino de los bienes y derechos resultante de su liquidación.

6. El patronato inicial de la Fundación está formado por Manuel Iglesias Pérez como presidente, José Ramón Iglesias Canda como secretario, la Fundación Jorge Jove representada por Ángel Antonio Jove González, Abanca Corporación Bancaria, S.A. representada por Jesús Combarro Pereira, el Ayuntamiento de Silleda representado por Manuel Cuíña Fernández por su condición de alcalde, la Asociación Galega de Amigos da Maquinaria Agrícola Clásica representada por Marcos Vázquez Marey, Ángel Antonio Jove González y Luis Seoane Labandeira como vocales.

7. La comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia la propuesta de clasificación como de interés para el desarrollo rural de Galicia de la Fundación do Campo Galego, dado su objeto y finalidad, por lo que, cumpliéndose los requisitos y exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y según establecen los artículos 47.2 de la citada ley, 51 del Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero, y 7 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, el protectorado será ejercido por el departamento de la Xunta que tenga atribuidas las competencias correspondientes a los fines fundacionales.

8. De conformidad con la citada propuesta, mediante la Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 20 de marzo de 2018 (Diario Oficial de Galicia núm. 59, de 23 de marzo) se clasificó de interés para el desarrollo rural de Galicia la Fundación do Campo Galego, y se adscribió a la Consellería del Medio Rural a los efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, de acuerdo con la ley; y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Galicia el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 83/2009, de 21 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, corresponde a esta Consellería del Medio Rural la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación do Campo Galego, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia, de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

A la vista de lo que antecede y teniendo en consideración lo establecido en la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, y en las demás normas de general y pertinente aplicación, en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 166/2015, de 13 de noviembre, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consellería del Medio Rural,

RESUELVO:

1º. Declarar de interés gallego la Fundación do Campo Galego.

2º. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería del Medio Rural.

3º. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, en el Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero, en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, y en la demás normativa de aplicación; y, especialmente, a las obligaciones de dar publicidad suficiente de sus objetivos y actividades, de la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como a la de presentación anual de la documentación contable y del plan de actuación ante el protectorado.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira del Medio Rural, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo señalado en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 23 de marzo de 2018

Carmen Bouso Montero
Secretaria general técnica de la Consellería del Medio Rural