El artículo 28 del vigente Estatuto de autonomía de Galicia, establece en su apartado 2 la competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia para el desarrollo legislativo y ejecución de la legislación del estado en materia de expropiación forzosa.
Con fecha de 9 de enero de 2018, se procede a la aprobación del proyecto de construcción reforma de la intersección del p.k. 21+900 de la AC-840, (Curtis), de clave AC/16/230.10, en el ayuntamiento de Curtis, por el director general de Infraestructuras, por delegación de la conselleira de Infraestructuras y Vivienda.
Con fecha de 18 de enero de 2018, la Xunta de Galicia procedió a la declaración de utilidad pública y urgente ocupación de los bienes y derechos necesarios a efectos de expropiación para las mencionadas obras por Decreto 10/2018, publicado en el DOG nº 22, de 31 de enero.
En su virtud y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la vigente Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 y 56 y siguientes del reglamento para su aplicación, este servicio, en uso de las facultades que le confiere el artículo 98 de la mencionada ley, resuelve convocar a los titulares de bienes y derechos afectados, para que comparezcan en el lugar, fecha y hora que se citan para proceder al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en las que se recogerán los datos necesarios para determinar los bienes y derechos afectados y los perjuicios derivados de la rápida ocupación, sin prejuicio de que se trasladen al lugar de las fincas si se considera necesario.
Lugar: Oficina Municipal Recinto Ferial.
Calle Emilia Pardo Bazán, s/n, Curtis,
Fecha: 2 de mayo de 2018.
Horario: de 10.00 a 11.00 horas.
De: Cernadas Fontecoba, Enrique a Pintos Ríos, Josefina y otros.
La relación de titulares con los bienes y derechos afectados, así como los planos parcelarios correspondientes estarán expuestos en el Ayuntamiento de Curtis, y en el Servicio Provincial de A Coruña (calle Vicente Ferrer, nº 2, 8ª planta, 15071 A Coruña).
A dicho acto deberán acudir los titulares afectados, personalmente o bien representados por persona debidamente autorizada para actuar en su nombre, aportando los documentos acreditativos de su titularidad, documento nacional de identidad, y último recibo de la contribución, así como certificado de cuenta con códigos IBAN y BIC, a fin de proceder a los sucesivos pagos que sean procedentes mediante transferencia bancaria, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de sus peritos y notarios.
Asimismo, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 56 del Reglamento de la Ley de expropiación forzosa, se abre información pública durante un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y hasta el momento del levantamiento de las actas previas a la ocupación correspondiente, a fin de que los interesados puedan formular por escrito, ante este Servicio Provincial de A Coruña, las alegaciones que estimen pertinentes al objeto de enmendar posibles errores padecidos al relacionar los bienes afectados por la urgente ocupación.
Conforme establece el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado servirá como notificación a los posibles interesados que no pudiesen ser identificados, a los titulares de bienes y derechos que sean desconocidos, a aquellos de los que se ignore su domicilio, o bien a quien, intentada su notificación, no se pudiese practicar.
A Coruña, 15 de marzo de 2018
Felipe de la Vega Gándaras
Jefe del Servicio Provincial de A Coruña