Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 70 Miércoles, 11 de abril de 2018 Pág. 19790

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2018, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Musical de Xinzo.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Musical de Xinzo se aprecian los siguientes hechos y fundamentos de derecho:

Hechos:

1. Francisco Jesús Represas Carrera, presidente del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Musical de Xinzo fue constituida en escritura pública otorgada en Ponteareas el 11 de julio de 2017, ante el notario Álvaro Lorenzo Fariña Domínguez, con el número 1.734 de su protocolo, por la Asociación Banda de Música Juvenil de Xinzo, representada para este acto por los miembros de la junta directiva: Francisco Jesús Represas Carrera, Blanca Represas Alonso, Silvia Fernandes Táboas, Segunda Carrera Iglesias, Ana María Acebedo Varela y Manuel Collazo Francisco.

Esta escritura fue subsanada y complementada por otra otorgada ante el mismo notario, en Ponteareas el 26 de enero de 2018, con el número 246 de su protocolo.

3. La Fundación Musical de Xinzo, según establece el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto o fines principales:

• Promocionar las actividades culturales y musicales en todos los órdenes.

• Fomentar la sensibilización musical mediante la organización de conciertos, actividades, recitales, representaciones, ediciones y publicaciones.

• Conservar y fomentar el patrimonio artístico musical y folclórico gallego, especialmente el referido a la zona de Ponteareas y alrededores.

• Contribuir a desarrollar y potenciar cuantas actividades sean posibles para fomentar e instruir en el arte musical a la población que así lo requiera.

• Ayudar al desarrollo de las escuelas de música y de diversos tipos de formaciones musicales como corales, grupos de música de cámara, grupos folclóricos, etc.

• Fomentar el desarrollo de las bandas de música.

• Proteger y apoyar a los integrantes de las bandas de música para que se puedan formar de manera que, de cara a un futuro, incrementen sus posibilidades de tener una salida profesional en el ámbito musical.

• Ofrecer y facilitar el acceso de toda la población a una formación no reglada, práctica y teórica, dentro del campo musical.

• Fomentar la organización de conciertos, festivales, encuentros y otras actividades culturales, sociales y educativas, organizadas por diferentes instituciones, públicas o privadas.

• Fomentar la igualdad de género.

• Fomentar la creación y difusión cultural de la lengua gallega.

4. En la escritura de constitución de la fundación constan los extremos relativos a la personalidad del fundador; su capacidad para constituirla; su voluntad de hacerlo como de interés gallego conforme a los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; la dotación; los estatutos y la composición del patronato inicial.

5. En los estatutos de la fundación consta su denominación; su dirección; su objeto y finalidad; las reglas para la aplicación de las rentas a los fines fundacionales y para la determinación de los beneficiarios; la composición y las normas de funcionamiento del patronato; y las causas de disolución y el destino de los bienes y derechos resultante de su liquidación.

6. El Patronato inicial de la Fundación está formado por Francisco Jesús Represas Carrera como presidente, Blanca Represas Alonso como vicepresidenta, María del Carmen Represas Alonso como secretaria, Silvia Fernandes Táboas como tesorera, y por Segunda Carrera Iglesias, Ana María Acebedo Varela y Manuel Collazo Francisco, como vocales.

7. La Comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías elevó al vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia propuesta de clasificación como de interés cultural de la Fundación Musical de Xinzo, dado su objeto y finalidad, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, y segundo establecen los artículos 47.2 de la citada ley, 51 del Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero; y 7 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, el protectorado será ejercido por el departamento de la Xunta que tenga atribuidas las competencias correspondientes a los fines fundacionales.

8. De conformidad con la citada propuesta, por Orden de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia de 28 de febrero de 2018 (Diario Oficial de Galicia núm. 59, de 23 de marzo) se clasificó de interés cultural a Fundación Musical de Xinzo, y se adscribió a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria a los efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, conforme a la ley, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía para Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma de Galicia el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, en relación con el Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria corresponde a dicha consellería la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Musical de Xinzo, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

A la vista de lo que antecede y teniendo en consideración lo establecido en la normativa vigente en materia de fundaciones de interés gallego, y en las demás normas de general y pertinente aplicación; en uso de las competencias atribuidas por el Decreto 4/2013, de 10 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria,

RESUELVO:

Primero. Declarar de interés gallego la Fundación Musical de Xinzo.

Segundo. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, sección de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Tercero. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; en el Reglamento de fundaciones de interés gallego, aprobado por el Decreto 14/2009, de 21 de enero; en el Reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, aprobado por el Decreto 15/2009, de 21 de enero, y en la demás normativa de aplicación y especialmente a las obligaciones de dar publicidad suficiente de sus objetivos y actividades, de la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como a la de presentación anual de la documentación contable y del plan de actuación ante el protectorado.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo señalado en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 2 de abril de 2018

Jesús Oitavén Barcala
Secretario general técnico de la Consellería de Cultura,
Educación y Ordenación Universitaria