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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 73 Lunes, 16 de abril de 2018 Pág. 20635

III. Otras disposiciones

Universidad de Vigo

RESOLUCIÓN de 10 de abril de 2018 por la que se determina la composición de la mesa de contratación permanente de la Universidad de Vigo.

Mediante Resolución rectoral de 5 de julio de 2010 (DOG núm. 140, de 23 de julio) fue establecida la composición permanente de la mesa de contratación de la Universidad de Vigo y se fijaron las normas de funcionamiento de la misma.

El 9 de marzo de 2018 entró en vigor la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público. En esta ley se establece que, excepto en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una junta de contratación, en los procedimientos abierto, abierto simplificado, restringido, de diálogo competitivo, de licitación con negociación y de asociación para la innovación, los órganos de contratación de las administraciones públicas estarán asistidos por una mesa de contratación. Asimismo, y al respecto tanto de la composición como del funcionamiento de la mesa de contratación, la ley establece una serie de limitaciones en cuanto a las personas que pueden integrar la misma o emitir informes.

Por lo tanto, se hace necesario modificar la resolución rectoral indicada con el objeto de acomodar la composición de la mesa de contratación al nuevo marco jurídico creado por la referida ley.

Por todo lo anteriormente expuesto, se acuerda dictar la siguiente resolución, mediante la cual se modifica el punto primero de la Resolución de 5 de julio de 2010 (modificada por la Resolución rectoral de 26 marzo de 2018, que queda sin efecto) por la que se hace pública la composición y funcionamiento de la mesa de contratación permanente de la Universidad de Vigo que queda redactada en los siguientes términos:

«Primero. Composición de la mesa de contratación

Se designa con carácter permanente los miembros de la mesa de contratación de la Universidad de Vigo que se señalan a continuación:

– Presidente/a: la persona que ocupe la jefatura del Servicio de Contabilidad, Presupuestos y Tesorería, que podrá ser suplida en caso de vacante, ausencia o enfermedad por la persona que designe el rector.

– Vocal: la persona que ocupe la Vicegerencia en materia económica y que podrá ser suplida en caso de vacante, ausencia o enfermedad por la persona que designe el rector.

– Vocal: el/la presidente/a del Consejo Social o persona en la que delegue.

– Vocal: la persona que ocupe la jefatura del Servicio de Asesoría Jurídica o letrado/a de ella.

– Vocal: el/la jefe/a del Servicio de Control Interno o funcionario/a del servicio que lo substituya.

– Secretario/a: el/a jefe/a del Servicio de Gestión Económica y Contratación o funcionario/a del servicio que lo substituya.

Esta designación se entiende sin perjuicio de las que de forma específica se puedan efectuar para la adjudicación de determinados contratos».

Esta resolución entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 10 de abril de 2018

Salustiano Mato de la Iglesia
Rector de la Universidad de Vigo