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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 74 Martes, 17 de abril de 2018 Pág. 20842

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 265/2018-CON).

Tipo y nº de recurso: RSU recurso de suplicación 265/2018-CON

Juzgado de origen/autos: despido objetivo individual 504/2017 Juzgado de lo Social número 2 de Santiago de Compostela

Recurrentes: Ricardo de Jesús Jiménez Inoa

Graduada social: Matilde Mallo Nieves

Recurridos: Fogasa, Juan Liste Brañas

Abogado: letrado del Fogasa

Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 265/2018-CON de esta sección, seguido a instancia de Ricardo de Jesús Jiménez Inoa contra Fogasa y Juan Liste Brañas, sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Que, estimando el recurso de suplicación interpuesto por Ricardo de Jesús Jiménez Inoa contra la sentencia de fecha 3 de noviembre de 2017 dictada por el juzgado de lo social número 2 de Santiago de Compostela, en autos 504/2017, la revocamos parcialmente, condenando a Juan Liste Brañas al abono al actor de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (31.5.2017) hasta el 3.XI.2017, fecha de la sentencia que extinguió la relación laboral entre las partes, sin perjuicio del posible descuento de los salarios que en tal periodo hubiera podido percibir en nuevo empleo, manteniendo el resto de la condena.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina, que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Juan Liste Brañas, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de marzo de 2018

La letrada de la Administración de justicia