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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 83 Lunes, 30 de abril de 2018 Pág. 22752

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 12 de abril de 2018 por la que se notifica la imposición de una segunda multa coercitiva en el expediente de reposición de la legalidad urbanística IU3/122/2011-B1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó el 8 de marzo de 2018, resolución por la que se impone una segunda multa coercitiva, como consecuencia de incumplir lo ordenado en las resoluciones de 3 de agosto de 2012 y de 12 de mayo de 2017, en las que se declaran ilegalizables las obras consistentes en la construcción de una vivienda unifamiliar y una construcción auxiliar al servicio de la misma, en la calle Cobas 33, en el término municipal de Monforte de Lemos, provincia de Lugo, por ser incompatibles con el ordenamiento jurídico vigente y se ordena su demolición.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Domingo Antonio Castroseiros González y a María Dolores Sánchez Domínguez, mediante la presente cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situadas en el Edificio Witland-Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo sin efectuarse la comparecencia la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución los interesados pueden interponer recurso de reposición ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que se produzca la notificación, o bien, si no ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 12 de abril de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística