De conformidad con lo establecido en el Decreto 206/2005, de 22 de julio (DOG nº 145, de 29 de julio), de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, así como en el artículo 3 de la Orden de la Consellería de Sanidad de 24 de mayo de 2006 (DOG nº 106, de 5 de junio), por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, y el Decreto 142/2015, de 17 de septiembre, por el que se crea la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, y se aprueban sus estatutos (DOG nº 197, de 15 de octubre)
RESUELVE:
Convocar, para la cobertura por el procedimiento de evaluación colegiada, la provisión del puesto de jefe de la Sección de Calidad de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, conforme a las siguientes
Bases
Primera. Objeto, funciones y retribución del puesto de trabajo
La presente convocatoria tiene por objeto la provisión del puesto de jefe/a de la Sección de Calidad de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, por el procedimiento de evaluación colegiada.
Las funciones del puesto convocado serán las de organización y gestión de la calidad, con carácter transversal, en la agencia, y dar cumplimento a la normativa de calidad aplicable a los centros de transfusión sanguínea, al margen de las que le pudieran ser específicamente encomendadas por la dirección.
Las retribuciones serán las que correspondan en aplicación de las órdenes anuales de la Consellería de Hacienda por las que se dicten las instrucciones sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica.
Segunda. Requisitos para participar en la convocatoria
Podrán participar en la presente convocatoria los interesados que en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos, que, para el caso de resultar adjudicatario del puesto convocado, se deberán mantener hasta el momento de toma de posesión:
1. Estar en posesión del título universitario oficial de grado o de licenciado/a o doctor/a en Medicina y Cirugía y título de médico/a especialista expedido por el Ministerio de Educación, Ciencia y Deporte, en la especialidad de Hematología y Hemoterapia.
2. Ostentar la condición de personal estatutario fijo licenciado sanitario en la especialidad de Hematología y Hemoterapia, en situación de servicio activo en instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud.
3. Tres años de experiencia profesional en la especialidad de Hematología e Hemoterapia en las instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud.
Tercera. Solicitudes y documentación
Los interesados en participar en la convocatoria deberán presentar solicitud, según modelo de instancia que se adjunta como anexo II, que estará a su disposición en los puntos de atención al trabajador (PAT) de la Dirección de Recursos Humanos, en la intranet de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, y en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es)
Junto a la solicitud, deberán adjuntar la siguiente documentación acreditativa de los requisitos y méritos del interesado:
1. Documento de identificación: fotocopia del DNI, pasaporte o documento que acredite la identidad, debidamente compulsados.
2. Certificación expedida por el servicio de salud correspondiente, de que ostenta la condición de personal estatutario fijo licenciado sanitario en situación de servicio activo, en categoría y especialidad que habilite para el acceso a las plazas básicas de la correspondiente unidad.
3. Certificación expedida por el/los servicio/s de salud correspondiente/s, acreditativo de los tres años de experiencia profesional en la categoría que ostenta de licenciado sanitario, en la especialidad de Hematología e Hemoterapia, en las instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud.
4. Currículo profesional. Se atenderá a la experiencia profesional y a las actividades, docentes y de investigación, indicativas de los actualización de conocimientos y aptitudes precisas para el desempeño de las correspondientes funciones y, en su caso, a implicación de los aspirantes en la gestión mediante la jefatura y coordinación de unidades y equipos, las tutorías y organización de formación, así como la participación en comités internos o proyectos institucionales. La acreditación de los méritos alegados deberá hacerse mediante la presentación de fotocopia compulsada.
Solo se tendrán en cuenta los méritos que el interesado reúna hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de publicación de la convocatoria y que sean acreditados dentro de plazo de presentación de solicitudes.
5. Proyecto técnico relacionado con la gestión de la sección de calidad, que contendrá un programa de objetivos del mismo, cuantitativos y cualitativos en relación con los objetivos fijados por el órgano convocante, y que se recogen como anexo I de la presente resolución. El proyecto original se presentará en sobre cerrado y en soporte digital no modificable para su remisión a los miembros de la comisión de evaluación.
6. En el caso de que el aspirante quiera hacer constar en la solicitud de participación el compromiso de desempeño de la jefatura convocada en régimen de dedicación exclusiva con la institución, deberá adjuntar solicitud de percepción de complemento específico formulada en el modelo que figura como anexo III de la presente resolución.
La documentación correspondiente a los apartados 4) y 5) de las presentes bases deberá ser adjuntada necesariamente junto con la solicitud, y no será, en ningún caso, susceptible de enmienda en un momento posterior. En caso de insuficiente acreditación de los requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria, podrán ser subsanados en el plazo que establezca la lista provisional de admitidos y excluidos, de conformidad con lo establecido en la base sexta de la convocatoria.
La documentación del apartado 4), junto con la documentación de poseer la titulación y especialidad requerida, deberán ser registrados previo acceso al expediente-e (expediente electrónico profesional iniciado por Resolución de 15 de julio de 2011, DOG nº 139, de 20 de julio), y todos ellos deberán ser validados en el sistema informático expediente-e.
Cuarta. Plazo y lugar de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Las solicitudes se presentaran, junto con la documentación a aportar señalada en la base tercera, preferentemente en el Registro de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, sita en avenida Monte da Condesa, s/n, 15706 Santiago de Compostela, y demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Será causa de inadmisión en el citado procedimiento de provisión la presentación extemporánea de la solicitud por el interesado.
Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hiciesen constar en su solicitud. El domicilio que figure en la misma se considerara como el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del candidato tanto los errores en la consignación del mismo como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio.
Quinta. Sistema de selección
La selección del aspirante al puesto convocado se llevará a cabo, según lo dispuesto en el Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatuario del Servicio Gallego de Salud, y de la Orden de 24 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, por el procedimiento de evaluación colegiada, en la que se tomará en cuenta, tanto el currículo profesional como el proyecto técnico.
Sexta. Admisión de aspirantes
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, que se publicará de forma definida en la base duodécima de la presente convocatoria, en la que se declarará aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, indicando, en este último caso, la causa de exclusión.
Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de (5) cinco días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar, en su caso, el defecto u defectos que motivasen la exclusión.
A tal efecto, la estimación de dichas peticiones de enmienda se entenderán implícitas en la resolución por la que se publique la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, contra la cual se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la lista definitiva.
Séptima. Comisión de evaluación
Para la selección de los aspirantes, se constituirá una comisión de evaluación, que tendrá como finalidad evaluar la competencia de los candidatos y los méritos acreditados; y elevar la correspondiente propuesta de adjudicación del puesto a la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos.
La comisión de evaluación estará integrada por cinco miembros designados por la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos. Tendrá la siguiente composición:
– A propuesta de la directora de Agencia de Sangre, Órganos y Tejidos, cuatro miembros que tendrán la condición de personal estatutario fijo, licenciado sanitario, en situación de activo en instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud, titular de plaza docente asistencial del mismo nivel o funcionario de las categorías sanitarias del grupo superior de clasificación, cuando menos dos tendrán la condición de jefe/a de servicio y dos, como mínimo, la condición de facultativo especialista de hematología y hemoterapia.
– A propuesta de la Dirección General de Asistencia Sanitaria del Servicio Gallego de Salud, un miembro, que tendrá la condición de personal estatutario fijo o funcionario de las categorías sanitarias del grupo superior de clasificación, o titular de plaza docente-asistencial del mismo nivel.
La comisión será asistida por un secretario de actas designado por el órgano convocante entre personal funcionario del cuerpo superior o estatuario fijo, de gestión y servicios, del grupo superior de clasificación.
El órgano convocante publicará, en la forma establecida en la base duodécima, la resolución por la que se nombran los miembros de la comisión de evaluación.
Los citados miembros se deberán abstener de intervenir, notificándolo al órgano que efectuó su nombramiento, cuando concurran en elles alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de la comisión cuando concurran las circunstancias previstas en el citado artículo.
En su funcionamiento, esta comisión se regirá por lo establecido en el título preliminar, capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.
Para efectos de comunicaciones, la comisión tendrá su sede en la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, sita en la avenida Monte da Condesa, s/n, 15706 Santiago de Compostela.
Corresponde a la comisión de evaluación en los términos y con los límites establecidos en el anexo IV de la resolución de convocatoria el siguiente:
– Concretar en la valoración del currículo de los aspirantes la puntuación a otorgar por los méritos baremables, así como baremar los méritos aportados por los solicitantes.
– Convocar a los aspirantes para la celebración del acto público de defensa del currículo profesional y proyecto técnico.
Entre la citación indicada y su celebración deberá mediar un plazo mínimo de cinco días. La orden de actuación de los aspirantes ante la comisión de evaluación se iniciara alfabéticamente por el apellido a partir de la letra que resultó de un sorteo, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 17 de enero de 2018 (DOG nº 19, de 26 de enero). Aquellos aspirantes que habiendo sido convocados en tiempo y forma no comparezcan serán excluidos del citado procedimiento de provisión.
– Valorar el compromiso de dedicación exclusiva a la institución sanitaria durante el período de desempeño de la jefatura.
Tras el acto público referido, la comisión elaborará un informe razonado, ajustado a criterios previamente establecidos, sobre la evaluación de los aspirantes, con asignación de la puntuación desglosada en los apartados de currículo profesional, proyecto técnico y, en su caso, compromiso de dedicación exclusiva.
Una vez finalizada la valoración, se procederá a publicar por la comisión de evaluación, en la forma establecida en la base duodécima, el listado provisional con las puntuaciones, desglosadas por apartados, asignadas a los aspirantes, o la propuesta de la comisión de que se declare desierta la convocatoria, con apertura de un plazo de 15 días hábiles para la presentación, en su caso, de reclamaciones.
Después de la valoración de las reclamaciones por la comisión de evaluación, se publicará la lista con las puntuaciones definitivas o ratificación de la propuesta de que se declare desierta la convocatoria. Las reclamaciones formuladas contra la resolución provisional serán rechazadas o admitidas por medio de la resolución definitiva, que se publicará en la forma establecida en la base duodécima.
La convocatoria quedará desierta cuando no concurran aspirantes que reúnan los requisitos exigidos o después de la propuesta de la comisión en el supuesto de que ninguno de los aspirantes alcance 15 puntos en la evaluación del proyecto técnico de gestión de la sección.
Octava. Resolución
La resolución, con el nombramiento del aspirante, en su caso, seleccionado, se publicará en el Diario Oficial de Galicia.
Novena. Toma de posesión
El aspirante seleccionado deberá cesar en la plaza que desempeñe dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución en el Diario Oficial de Galicia.
La toma de posesión del puesto de trabajo adjudicado deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese, si la plaza desempeñada y el puesto adjudicado son de la misma área de salud, o en el plazo de quince días hábiles, si son de distinta área de salud. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción o destino provisional o comisión de servicio.
Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición motivada del interesado, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por el órgano convocante.
El plazo de toma de posesión y su prórroga tendrán la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes de conformidad con lo que establezca la orden sobre la confección de nóminas de personal al servicio de la Administración autonómica.
Se entenderá que solicita la excedencia voluntaria por interés particular y será declarado en esa situación por el órgano competente, el que no se incorpore al puesto adjudicado en el plazo establecido.
Décima. Evaluación del desempeño da jefatura de sección
Conforme a lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto 206/2005, de provisión de puestos de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud y el artículo 11 de la Orden de 24 de mayo de 2006 por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, el aspirante nombrado será evaluado antes de que transcurran cuatro años desde su nombramiento a los efectos de prorrogar el desempeño de la jefatura por idéntico período de tiempo o proceder a su remoción del puesto de trabajo. En este último caso, se dará audiencia previamente al interesado.
Undécima. Cese
Sin perjuicio de lo dispuesto en la base décima, los profesionales nombrados podrán ser cesados por el/la director/a por causas sobrevenidas, derivadas tanto de una reordenación de la estructura jerárquica de la institución como de la falta de capacidad para el desempeño del puesto.
El incumplimiento por el profesional nombrado del compromiso de dedicación exclusiva implicará la perdida inmediata del puesto de jefatura, acordada por el mismo órgano que dispuso su nombramiento.
Duodécima. Normas generales
La publicación de los actos y resolución que se dicten en la tramitación de este procedimiento se realizará en el tablón de anuncios de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, en los puntos de atención al trabajador (PAT) de la Dirección de Recursos Humanos, en la intranet de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, así como en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es)
En lo no previsto en la presente convocatoria se aplicará, supletoriamente, las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del régimen jurídico del sector público.
Contra la presente resolución, se podrá interponer en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación.
Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2018
María Luisa López García
Directora de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos
ANEXO I
Plan de objetivos
Jefe/a de la Sección de Calidad
El proyecto debe dar cumplimento a la normativa de calidad aplicable a los centros de transfusión según los Real decreto 1343/2007, de 11 de octubre, por el que se establecen las normas y especificaciones relativas al sistema de calidad de los centros y servicios de transfusión, y en la Directiva europea 2016/1214 por la que se modifica la Directiva 2005/62/CE en lo que se refiere a las normas y especificaciones relativas a un sistema de calidad para los centros de transfusión sanguínea.
El proyecto debe además, como mínimo, definir y desarrollar aspectos de gestión de la calidad en un centro de transfusión, según lo recogido en el Real decreto 1088/2005, de 16 de septiembre, por lo que se establecen los requisitos técnicos y condiciones mínimas de la hemodonación y de los centros y servicios de transfusión, en las áreas que se especifican a continuación:
1. Liderazgo, planificación y estrategia.
Objetivo |
Indicador |
1. Diseño e implementación del Sistema de gestión de la calidad en la organización, que incorpore los principios de buenas prácticas y la gestión de riesgos, siguiendo las directrices establecidas por la dirección en la política de calidad de la agencia. |
Manual de calidad |
2. Revisión de los indicadores de calidad y análisis del grado de cumplimiento en base a los resultados planificados. |
Indicadores de calidad |
3. Impulsar la implantación del control de los registros de calidad de forma telemática en la organización. |
Sistema telemático de gestión de la calidad |
4. Revisión del Sistema de gestión de la calidad, a intervalos planificados que incluya: resultados de auditorías, resultados de indicadores de calidad, estado de las acciones correctivas y preventivas. |
Informe de las revisiones del Sistema de gestión de la calidad |
5. Convocar, a petición de la dirección, el comité de calidad del centro y participar en sus reuniones y comisiones. |
Actas del Comité de Calidad |
2. Planificación, gestión y mejora de los recursos humanos.
Objetivo |
Indicador |
6. Desenvolver y presentar a la Dirección de la agencia, el Plan de formación continuada del personal en el área de calidad. |
Plan anual de formación continuada en calidad |
3. Planificación y evaluación de alianzas internas y externas con:
Objetivo |
Indicador |
7. Establecer alianzas de mejora en el área de calidad con otros centros de transfusión, a nivel nacional, con los servicios de transfusión hospitalarios, públicos y privados, a nivel autonómico, así como con los proveedores. |
Reuniones de seguimiento de la actividad: protocolos establecidos |
8. Participación en aquellos foros de calidad, a nivel autonómico o nacional, considerados estratégicos por la dirección. |
Actas, informes y/o ponencias |
4. Identificación, diseño, gestión y mejora de procesos:
Objetivo |
Indicador |
9. Identificación de los riesgos de los diferentes procesos para su mejora continua. |
Revisión y análisis de las no conformidades |
5. Resultados clave:
Objetivo |
Indicador |
10. Certificaciones de calidad: promoverá la obtención y mantenimiento de las certificaciones establecidas por la dirección. |
Certificaciones de calidad |
11. Coordinación de la elaboración del informe anual de calidad. |
Informe anual de calidad |
12. Elaboración y seguimiento del calendario anual de auditorías internas y externas. |
Plan anual de auditorías de calidad |
13. Desarrollo de estrategias de investigación y docencia en el ámbito de calidad. |
Memoria |
6. Resultados sobre los donantes, los pacientes, los profesionales y la sociedad:
Objetivo |
Indicador |
14. Satisfacción de los clientes: promover y dirigir la realización de encuestas de satisfacción de los usuarios (internos y externos), que se enmarcarán en los requisitos de acreditación y certificación establecidos por la dirección. |
Encuesta de satisfacción de los clientes internos y externos |
15. Gestión de sugerencias y reclamaciones. |
Informe de gestión de sugerencias y reclamaciones |
ANEXO II
Solicitud de participación en la convocatoria del puesto
jefe/a de la Sección de Calidad
Resolución de la agencia: |
Nº DOG: |
Fecha DOG: |
DATOS PERSONALES
Apellidos y nombre: |
NIF: |
Dirección: |
Población: |
Provincia: |
Teléfonos: |
Correo electrónico: |
Fecha de nacimiento: |
Publicada la convocatoria indicada al principio, por la que se convoca la provisión del puesto de jefe/a de la Sección de Calidad y reuniendo los requisitos necesarios,
SOLICITA:
Sea admitida la presente solicitud para participar en la convocatoria para cobertura de la plaza convocada y declara que son ciertos los datos que figuran en la solicitud.
..., ... de ... de 2018
Firma
Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos
Avenida Monte da Condesa, s/n
15706 Santiago de Compostela