Advertidos errores en la referida resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm. 82, de 27 de abril de 2018, es necesario hacer las siguientes correcciones:
– En las páginas 22493 y 22494, en el artículo 7.1.b).2º, donde dice:
«Por cada unidad resultante de la aplicación de la siguiente fórmula: [(V+T)/I]-1.
V: importe del volume de ventas de la empresa; I: suma de las inversiones solicitadas;
T: importe de contratos de saca o servicio (máx. 60): 10 puntos.».
Debe decir:
«Por cada unidad resultante de la aplicación de la siguiente fórmula: [(V+T)/I]-1: 10 puntos (máx. 60).
V: importe del volumen de ventas de la empresa; I: suma de las inversiones solicitadas;
T: importe de contratos de saca o servicio».
– En la página 22505, artículo 16.5, donde dice: «Si el envío de la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Agencia Gallega de Innovación practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora y del procedimiento administrativo común», debe decir: «Si el envío de la notificación electrónica no es posible por problemas técnicos, la Agencia Gallega de la Industria Forestal practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora y del procedimiento administrativo común».