Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 97 Miércoles, 23 de mayo de 2018 Pág. 25504

III. Otras disposiciones

Consellería de Economía, Empleo e Industria

EXTRACTO de la Orden de 4 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones para los talleres de empleo dirigidos a personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2018 (código de procedimiento TR353B).

BDNS (Identif.): 399209.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Entidades beneficiarias

Los proyectos que se financien al amparo de esta convocatoria pueden ser promovidos por los ayuntamientos, mancomunidades de ayuntamientos y las entidades públicas dependientes o vinculadas a ayuntamientos o mancomunidades cuya titularidad corresponda íntegramente a ellas.

Las entidades promotoras deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientes obras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficiente para la realización de los proyectos y, además, deberán tener una media de paro registrado en el año 2017 superior a 500 personas en su ámbito territorial.

Este requisito del número mínimo de personas desempleadas no será de aplicación cuando la solicitud o las actuaciones previstas en el proyecto engloben, al menos a tres ayuntamientos limítrofes de la misma provincia o dos en caso de que uno de ellos sea resultado de la fusión de dos o más ayuntamientos.

No podrán ser beneficiarias las entidades que estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras, así como la convocatoria para el año 2018, en régimen de concurrencia competitiva, respetando los principios de objetividad, igualdad, transparencia y publicidad, de las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas mixtos de empleo y formación (talleres de empleo), dirigidos a mejorar la ocupabilidad, la cualificación y la inserción profesional de las personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Los talleres de empleo se configuran como programas mixtos de empleo y formación que tienen por finalidad mejorar la ocupabilidad de las personas participantes, mediante la realización de obras o prestación de servicios de interés general y social que posibiliten la realización de un trabajo efectivo que, junto con la formación profesional para el empleo recibida, relacionada directamente con dicho trabajo, procure su cualificación profesional y favorezca su posterior inserción laboral en el mercado de trabajo.

Tercero. Bases reguladoras

Orden del 4 de mayo de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas y subvenciones para los talleres de empleo dirigidos a personas jóvenes incluidas en el fichero del Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2018.

Cuarto. Importe

El importe total de la convocatoria asciende a 3.453.080 euros y se financiará con cargo a la aplicación 09.41.322A.460.2 correspondiendo a cada una de las anualidades 2018 y 2019 un importe de 1.726.540 euros, respectivamente.

Esta convocatoria se enmarca dentro del Programa operativo de empleo juvenil 2014-2020, número CCI2014ES05M90P001, cofinanciado con un porcentaje del 91,89 % por la Iniciativa de empleo juvenil y el Fondo Social Europeo.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de la orden de convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá cómo último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación.

Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2018

Francisco José Conde López
Conselleiro de Economía, Empleo e Industria