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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 110 Lunes, 11 de junio de 2018 Pág. 28639

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 23 de mayo de 2018 por la que se notifica la imposición de una quinta multa coercitiva (expediente IU1/45/2012-E1).

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 17 de abril de 2018, resolución por la que se impone una quinta multa coercitiva, derivada del expediente de reposición de la legalidad urbanística 107B2007/037-0 como consecuencia de incumplir lo ordenado en la Resolución de 22 de octubre de 2007, en la que se ordena la demolición de una planta de reciclaje de residuos de la construcción y demolición, realizadas sin autorización autonómica, en la cantera de Capela, O Capelo-Igrexafeita, en el ayuntamiento de San Sadurniño, por resultar incompatibles con el ordenamiento urbanístico vigente.

Al no poder realizar la notificación personal de la resolución a Cuiña, S.A., mediante esta cédula y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la interesada dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su fecha de publicación es la que determina la eficacia del acto notificado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica íntegramente, se comunica a la interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, situada en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente a la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, la interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en que produzca la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no se ejercitan su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, pueden interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción se sitúe el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 23 de mayo de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística