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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Martes, 17 de julio de 2018 Pág. 33833

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense

EDICTO (219/2016).

Procedimiento ordinario 219/2016, sección P

Procedimiento de origen: monitorio 751/2015, sobre reclamación de cantidad

Demandante: José Antonio Domínguez Cid

Procuradora: Mónica Mourelo Pérez

Abogado: Benito Rodríguez Bouzas

Demandado: Jaime Rodríguez Domínguez

Cédula de notificación.

En el procedimiento de referencia se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen así:

Sentencia.

En Ourense a 16 de mayo de 2018.

Darío-Carpio Estévez Pérez, magistrado juez del Juzgado de Primera Instancia número 3 de Ourense, ha dictado la presente en el procedimiento civil ordinario 219/2016, en el que es parte demandante José Antonio Domínguez Cid a quien representa la procuradora Sra. Mourelo Pérez con asistencia técnica del letrado Sr. Rodríguez Bouzas, frente a Jaime Rodríguez Domínguez, el cual ha sido declarado en situación procesal de rebeldía al no comparecer a juicio, con los siguientes,

Siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

Fallo que, estimando la demanda presentada por la procuradora Sra. Mourelo Pérez, actuando en nombre y representación de José Antonio Domínguez Cid, frente a Jaime Rodríguez Domínguez, y en dicha razón procede la condena de este último a que abone al actor la cantidad de 30.000,00 euros, a la que resultan de aplicación los intereses del artículo 1108 CC, desde la fecha de la interpelación judicial hasta la fecha de la sentencia, y a partir de ésta los intereses procesales del artículo 576 LEC hasta la fecha del definitivo cumplimiento, así como al abono de las costas procesales causadas. Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Ourense en los términos previstos en la LEC en su nueva redacción.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo. Dario Carpio Estévez Pérez. Firmado y rubricado.

Y para que conste y, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la LEC, por el presente se notifica en forma al demandado Jaime Rodríguez Domínguez, declarado en situación de rebeldía procesal, expido y firmo el presente.

Ourense, 24 de mayo de 2018

El/la letrado/a de la Administración de justicia