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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 141 Martes, 24 de julio de 2018 Pág. 34779

III. Otras disposiciones

Consellería del Mar

EXTRACTO de la Orden de 6 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria, para el año 2018, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las organizaciones de productores pesqueros y de asociaciones de organizaciones de productores pesqueros del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura en el ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

BDNS (Identif.): 408764.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las organizaciones de productores pesqueros y las asociaciones de organizaciones de productores del ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, inscritas en el Registro de Organizaciones de Productores Pesqueros y Asociaciones de Organizaciones de Productores establecido en el artículo 8 del Real decreto 277/2016, de 24 de junio.

Segundo. Finalidad

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para las siguientes líneas:

– Línea A: preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización de las organizaciones de productores pesqueros y de las asociaciones de organizaciones de productores pesqueros en el ámbito autonómico gallego, según establece la sección IV del capítulo II del Reglamento (UE) 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, en el artículo 66 del Reglamento (UE) 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, y en el artículo 15.5 del Real decreto 277/2016, de 24 de junio.

– Línea B: preparación o reestructuración de organizaciones de productores pesqueros y asociaciones de organizaciones de productores pesqueros, reconocidas en el ámbito autonómico gallego, según establece la sección IV del capítulo II del Reglamento (UE) núm. 1379/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2013, en el artículo 68.1.a) del Reglamento (UE) 508/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, y en los artículos 2.3.i), 3.10 y 5.6 del Real decreto 277/2016, de 24 de junio.

Por otra parte, también es objeto de esta orden la convocatoria, para el año 2018, de ambas líneas de ayudas.

Terceiro. Bases reguladoras

Orden de 6 de julio de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras generales y la convocatoria, para el año 2018, para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a las organizaciones de productores pesqueros y de asociaciones de organizaciones de productores pesqueros del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura en el ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma de Galicia, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP).

Cuarto. Importe

Para el año 2018 las ayudas se concederán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

1. Línea A: preparación y aplicación de los planes de producción y comercialización. Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 2018.1.14.02.723B7801 (proyecto 2016 00326), que figura dotada en el presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2018, siendo la cuantía máxima de las subvenciones que se concedan para dicho ejercicio presupuestario de 1.824.185,00 €.

2. Liña B: creación y reestructuración de las organizaciones de productores pesqueros. Las ayudas se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 2018.1.14.02.723B7802 (proyecto 2016 00286), que figura dotada en el proyecto de presupuesto de gastos de la Consellería del Mar para el año 2018, siendo la cuantía máxima de las subvenciones que se concedan en dicho ejercicio presupuestario de 400.000,00 €.

El importe total máximo de las subvenciones que se concedan en el ejercicio presupuestario del año 2018 será de 2.224.185,00 €.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último del mes.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2018

Mª Isabel Concheiro Rodríguez-Segade
Secretaria general técnica de la Consellería del Mar