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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 153 Viernes, 10 de agosto de 2018 Pág. 37241

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria

ORDEN de 27 de julio de 2018 por la que se extingue, de oficio, la autorización del centro privado Cofisad, de A Coruña, por cese de actividades docentes.

Mediante la Orden de 31 de marzo de 2005, publicada en el DOG núm. 89, de 10 de mayo, se autoriza al centro privado (CPR) Cofisad, de A Coruña, para impartir las enseñanzas de formación profesional de ciclos formativos de grado superior.

Mediante la Resolución de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos, de 14 de mayo de 2018, se inicia el expediente de extinción de la autorización del centro docente, que se tramita de conformidad con lo establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general non universitarias, y la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla.

Por cuanto antecede, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Extinción de la autorización

Extinguir, de oficio, por cese en sus actividades docentes, la autorización del centro privado Cofisad, de A Coruña, código 15026571, en aplicación de la disposición octava.2 de la Orden de 20 de septiembre de 1995.

Artículo 2. Inscripción en el registro de centros

La presente extinción de la autorización dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria.

Disposición final

Esta orden tendrá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición, ante esta consellería, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 27 de julio de 2018

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria