Advertidos errores en dicha resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 150, de 7 de agosto de 2018, es necesario efectuar las siguientes correcciones:
Añadir en esta resolución el anexo VIII de medidas informativas y publicitarias de la financiación pública del proyecto, al que se hace referencia en el apartado 1.f) del artículo 24 de dicha resolución.
ANEXO VIII
Conforme a lo establecido en el artículo 24.1.f) de la resolución, los beneficiarios de las ayudas deberán comunicar el carácter público de la financiación del proyecto. Deberán colocar por lo menos un panel (de un tamaño mínimo A3) o una placa con información sobre el proyecto, con el diseño que figura en este anexo, donde se destaque la ayuda financiera recibida en un lugar bien visible para el público. Cuando el objeto de la ayuda sea maquinaria, equipo informático, de telecomunicaciones o cualquier otro en el que, por su estructura o tamaño, no sea posible identificar una situación adecuada, el cartel o placa podrá ser sustituido por un adhesivo o impresión.