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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 157 Lunes, 20 de agosto de 2018 Pág. 38680

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2018, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se concede a Nedgia Galicia, S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de la red de distribución para suministro de gas natural en MOP 150 mbar a la urbanización El Polvorín, en la ciudad de Ourense (expediente IN627A 2017/01-3).

Vista la solicitud de autorización administrativa y aprobación del proyecto presentada el 31 de marzo de 2017 por la sociedad Gas Galicia SDG, S.A., con domicilio a efectos de notificaciones en Área Central, calle Lisboa, s/n, local 31-HIJ, polígono de As Fontiñas, 15707 Santiago de Compostela, esta jefatura territorial tiene en cuenta los siguientes:

Hechos.

1. Antecedentes.

– Orden de 3 de mayo de 1995, de la Consellería de Industria y Comercio que otorgó a Gas Galicia SDG, S.A. la concesión administrativa para la prestación del servicio público del suministro de gas natural para usos domésticos, comerciales e industriales en el término municipal de Ourense, concesión que derivó en autorización, conforme establecía la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos.

– El 30 de enero de 2018 la empresa Gas Galicia SDG, S.A. comunicó a la Dirección General de Energía y Minas que pasó a denominarse Nedgia Galicia, S.A., manteniendo el mismo domicilio fiscal y el mismo CIF.

2. Situación y características.

La solicitud viene acompañada del preceptivo proyecto que comprende las instalaciones necesarias para la ejecución de la red de distribución de gas natural al barrio del Polvorín, dentro del ayuntamiento de Ourense, proyecto que fue redactado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado número 1534 del Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Galicia (COIIG), que presenta declaración responsable de habilitación y competencia firmada en A Coruña el 1 de marzo de 2017, siendo sus características técnicas las siguientes:

Características de las instalaciones: conexión con la red de gas natural existente en la calle As Laxas-Ourense, mediante la instalación de tubería de PE100, SDR 17,6/17 de 90 y 63 mm de diámetro, para la ejecución de una red de distribución, en MOP 150 mbar de 476 m de longitud, para suministro a la urbanización El Polvorín, dentro del mismo ayuntamiento.

Presupuesto: 2.543,14 €.

3. Justificación.

El proyecto de construcción de la instalación de referencia, que está informado favorablemente por los servicios técnicos de esta jefatura territorial, se justifica por el incremento de la demanda de gas natural en Ourense, ayuntamiento donde tiene la concesión de suministro Gas Galicia SDG, S.A., actualmente Nedgia Galicia, S.A.

4. Tramitación.

Dentro del trámite de condicionados fueron trasladas separatas técnicas del proyecto a los siguientes organismos/empresas: Ayuntamiento de Ourense, Viaqua, S.A., Unión Fenosa Distribución, S.A., Telefónica de España, S.A., Conferación Hidrográfica del Miño-Sil, y R Cable y Telecomunicaciones Galicia, S.A., por su condición de entidades titulares de bienes y derechos afectados por la mencionada instalación y a efectos de obtener su informe al respecto.

Las entidades que contestaron presentaron sus respectivos escritos manifestando su conformidad al fijar su condicionamiento técnico, del cual se dio traslado a la empresa promotora de la instalación proyectada, quien presentó su conformidad.

El Ayuntamiento de Ourense no contestó la petición de informe ni su reiteración y, en consecuencia, se entendió su conformidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 80 del Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; todo ello sin perjuicio de la autorización que, en su caso, le corresponda otorgar.

El 5 de abril de 2017 esta jefatura territorial dictó resolución por la que se sometió a información pública el proyecto, la que fue publicada en el Diario Oficial de Galicia de 17 de noviembre y en el Boletín Oficial de la provincia de Ourense de 2 de noviembre. Durante el período de información pública legalmente establecido para este proyecto de autorización administrativa no se presentaron alegaciones.

Fundamentos de derecho.

Primero. Esta jefatura territorial es competente para resolver la solicitud presentada, con fundamento en el Estatuto de autonomía de Galicia; en el Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma Gallega en materia de Industria, Energía y Minas; en el Decreto 175/2015, de 3 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía, Empleo e Industria; en relación con la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; con el Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; con el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y la Orden de la Consellería de Industria y Comercio de 30 de noviembre de 1999, sobre la tramitación de autorizaciones administrativas de las canalizaciones de gas.

Segundo. En el expediente se cumplieron los trámites reglamentarios, siendo el proyecto conforme con la normativa de aplicación en la materia y, en especial, con la legislación técnica de distribución y utilización de combustibles gaseosos y sus instrucciones técnicas complementarias ICG 01 a 11, aprobado por el Real decreto 919/2006, de 28 de julio.

Tercero. Consta que no se ven afectados bienes de propiedad personal.

Por tanto, vistos los preceptos legales citados y los demás de pertinente y general aplicación,

RESUELVO:

Primera. Conceder a la empresa Nedgia Galicia, S.A. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de la red de distribución para suministro de gas natural en MOP 150 mbar a la urbanización El Polvorín, en la ciudad de Ourense, conforme a lo definido en el proyecto presentado.

Segunda. Las instalaciones y sus montajes deberán cumplir las disposiciones y normas técnicas que en general sean de aplicación y, en particular, las correspondientes a la legislación técnica de distribución y utilización de combustibles gaseosos con sus instrucciones técnicas complementarias y las normas que los complementan, reglamentos electrotécnicos, normas UNE y demás normativa y directrices vigentes, así como cuantas las sustituyan o se dicten a nivel estatal o de esta comunidad autónoma, y deberán preverse para responder a los avances tecnológicos en el campo del gas y lograr abastecimientos flexibles y seguros.

Tercera. Para introducir modificaciones en las instalaciones que afecten a datos básicos del proyecto será necesaria la obtención de autorización previa de esta jefatura territorial.

Cuarta. El plazo para la puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Una vez construidas las instalaciones autorizadas, la empresa promotora deberá presentar la solicitud de puesta en servicio ante esta jefatura territorial, quien deberá expedirla después de realizadas las comprobaciones técnicas que considere oportunas.

Quinta. En cuanto a los bienes y derechos afectados por esta infraestrutura gasista y adscritos a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general, la empresa promotora procederá a realizar los correspondientes cruces y afecciones de acuerdo con los condicionados e informes emitidos por estos.

Sexta. La empresa promotora deberá iniciar el suministro de gas en el plazo de un mes a contar a partir de la fecha en que la jefatura territorial formalice el acta de puesta en marcha.

Séptima. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

Octava. La Administración se reserva el derecho a dejar sin efecto esta autorización por incumplimiento de las condiciones estipuladas, por la entrega de datos inexactos o por cualquier otra causa legal o reglamentaria que así lo prevea.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 20 de febrero de 2018

Santiago Álvarez González
Jefe territorial de Ourense