Tipo y nº de recurso: RSU recurso suplicación 1176/2018-MBL
Juzgado de origen/autos: procedimiento ordinario 508/2017 Juzgado de lo Social número 2 de Vigo
Recurrentes: Francisco Álvarez Salvador
Abogado: Claudio Miguel Barrios Morales
Procurador: Ramón de Uña Piñeiro
Recurridos: Fogasa y Alquileres Vigo Maquinaria Herramientas, S.A.
Abogado/a: letrado/a del Fogasa
Yo, M. Socorro Bazarra Varela, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 176/2018, seguido a instancia de Francisco Álvarez Salvador contra Fogasa, Alquileres Vigo Maquinaria Herramientas, S.A. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:
«Que, desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la representación letrada de la parte actora Francisco Álvarez Salvador contra la sentencia de fecha quince de enero de dos mil dieciocho dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de refuerzo de Vigo en los autos nº 508/2017, seguidos a instancia del actor frente a la empresa Alquileres de Vigo Maquinaria de Herramientas, S.A. y Fondo de Garantía Salarial sobre cantidades, debemos confirmar y confirmamos la sentencia de instancia.
Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.
Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de seguridad social, deberá efectuar:
– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37 seguida de cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.
– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.
– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y facer constar en el campo “Observaciones” o “Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).
Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Alquileres Vigo Maquinaria, S.A., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.
Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
A Coruña, 31 de julio de 2018
La letrada de la Administración de justicia