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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Jueves, 30 de agosto de 2018 Pág. 39659

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Empleo e Industria

RESOLUCIÓN de 7 de agosto de 2018, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Mondoñedo (expediente IN407A 2017/106-2, 8580 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción para la instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Barras Eléctricas Galaico-Asturianas, S.A.

Domicilio social: PE As Gándaras, c/ Aller Ulloa, Ramón María, 9, 27003 Lugo.

Denominación: LMT subterránea y CS Tronceda para separación de instalación de compañía de instalación particular.

Situación: ayuntamiento de Mondoñedo.

Características técnicas:

• Tender dos nuevos circuitos (entrada/salida de la LMT Fazouro) de conductor RHZ 240 entre el apoyo AP24 de la LMT Fazouro y el CS Tronceda proyectado, de 80 m de longitud, realizando 8 m de canalización desde el CS hasta la arqueta 1. Desmontar las puntas del RHZ 150 existente, que actualmente alimenta a la Central de Tronceda, de la cabeza del apoyo AP24 y tenderlas hasta el CS Tronceda proyectado (PF-15).

• Centro de seccionamiento del tipo PF-15, de estructura monobloque, que incorpora tres celdas de línea de 24 kV, con aislamiento y corte en SF6.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre (BOE núm. 310) del sector eléctrico, y en el título VII, capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 310), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, en el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión e sus instrucciones técnicas complementarias, y en la Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan de los decretos 135/2017, de 28 de diciembre, por el que se crea y establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en su proyecto y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente, independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de las instalaciones autorizadas.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Lugo, 7 de agosto de 2018

Pilar Fernández López
Jefa territorial de Lugo