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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Viernes, 31 de agosto de 2018 Pág. 39746

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Puertos de Galicia

CÉDULA de 20 de agosto de 2018 por la que se notifica el acuerdo de inicio de procedimiento administrativo sancionador del expediente 12-38-18-20.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 y 46 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (en adelante, LPAC), se notifica al denunciado cuyos datos personales y último domicilio conocido se mencionan en el anexo, mediante la publicación en el Boletín Oficial del Estado, el acuerdo de inicio del procedimiento administrativo sancionador por presunta infracción del Real decreto legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de puertos del Estado y de la marina mercante, en relación con el Reglamento de servicio y policía de los puertos aprobado por la Orden ministerial de 12 de junio de 1976, por no ser posible la notificación en el domicilio.

Asimismo, este anuncio se publicará en el Diario Oficial de Galicia, si bien la eficacia del acto notificado quedará supeditada a su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

El órgano competente para la resolución del expediente es el director del ente público, de acuerdo con la tipificación y cuantía de la sanción, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 39.1.a) del Decreto 227/1995, de 20 de julio, que aprueba el Reglamento del ente público Puertos de Galicia.

De acuerdo con el artículo 64.2.f) de la LPAC, dispone de un plazo de quince (15) días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente acuerdo para formular alegaciones y, en su caso, proponer prueba ante el instructor, concretando los medios de los que pretenda valerse y citando el número de expediente.

Asimismo, y con anterioridad al trámite de audiencia, se podrán formular alegaciones y aportar los documentos que se estimen convenientes.

De no efectuarse alegaciones en el plazo antes mencionado, este acuerdo, por aplicación de lo establecido en el artículo 62.2.f) de la LPAC, será considerado propuesta de resolución.

De reconocer voluntariamente su responsabilidad, se resolverá el procedimiento con la imposición de la sanción que proceda.

Podrá procederse al pago voluntario de la multa con una reducción del 20 % sobre el importe de la sanción propuesta, mediante ingreso en cualquier oficina de las entidades de depósito colaboradoras (Banco Sabadell/Gallego, Banco Pastor, Banesto, BBVA, BSCH y Abanca), utilizando el modelo de impreso que se facilitará en los servicios centrales de Puertos de Galicia y presentándolo en cualquier entidad bancaria; el pago reducido comporta la renuncia a formular alegaciones, la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución y la imposibilidad de interposición de recurso en vía administrativa.

Por otra parte, dispone de un plazo máximo de (10) días, a contar desde la publicación del presente acuerdo, para, en el caso de que no fuera usted, identificar al conductor del vehículo en la fecha y hora de la denuncia, indicando su nombre, apellidos y documento nacional de identidad, así como el domicilio a efectos de notificaciones. Usted responderá personalmente, cuando no sea posible dicha notificación por alguna causa que le sea imputable e, igualmente, cuando se oculte información o la facilitada sea falsa o deliberadamente incorrecta.

Santiago de Compostela, 20 de agosto de 2018

José Ignacio Villar García
Director de Puertos de Galicia

ANEXO

Expediente

Matrícula

Denunciante

Denunciado

Última dirección conocida

Hecho denunciado

Fecha-hora-puerto

Precepto infringido

Precepto sancionador

Sanción propuesta

Sanc. 12-38-18-20

C-5349-BY

Guardia Civil

José Manuel Fernández López

Lg. Badernado, nº 50-1º, Serres

15259 Muros (A Coruña)

Estacionamiento prohibido.

3.4.2018

11.54 horas

Muros (A Coruña)

Artículo 131.t) de la Ley 6/2017, de Puertos de Galicia (LPG)

Artículo 137 de la LPG

90 €