Con fecha 25 de septiembre se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 183, la Orden de 12 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas gestionado por la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia.
El artículo 6 de la citada orden regula los gastos subvencionables, estableciendo las características que deben reunir los gastos para ser considerados como tales.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de la finalidad de las ayudas para la realización de programas de interés general para fines de carácter social, es necesario modificar el artículo 6 de la Orden de 12 de septiembre de 2018, haciendo referencia expresa a otros gastos corrientes derivados directamente de la actividad que comprende la realización de los programas y que constituyen un tipo de gasto que debe reunir la naturaleza de subvencionable de acuerdo con el objeto de la convocatoria.
La presente modificación determina la necesidad de la ampliación del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria, de tal forma que las entidades solicitantes dispondrán de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente modificación en el Diario Oficial de Galicia.
En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento, así como en los preceptos básicos de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones, y en virtud de las atribuciones que me fueron conferidas
RESUELVO:
Artículo único. Modificación de la Orden de 12 de septiembre de 2018 por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas gestionado por la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia
Se añade un punto 6º en el apartado c) del epígrafe 1, del artículo 6, de la Orden de 12 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines de carácter social, con cargo a la asignación tributaria del 0,7 % del impuesto sobre la renta de las personas físicas gestionado por la Consellería de Política Social de la Xunta de Galicia, como se indica:
«6º. Otros gastos corrientes directamente relacionados con la actividad desarrollada al amparo del correspondiente programa».
Disposición final primera. Ampliación del plazo de presentación de solicitudes
Se amplía el plazo para la presentación de las solicitudes computándose el plazo de un mes a partir de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 28 de septiembre de 2018
Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social