Expediente: IN407A 2018/82-1.
Promotora: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Denominación de la instalación: retranqueo Matanza.
Ayuntamiento: Padrón.
Hechos:
1. El 25 de abril de 2018 la promotora solicitó la autorización administrativa previa y de construcción de un proyecto de cierre y desmantelamiento de un CT en el ayuntamiento de Padrón.
2. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.
Consideraciones legales y técnicas:
1. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
2. El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
3. El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC- LAT 01 a 09.
4. El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC- RAT 01 a 23.
5. El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
6. Las características técnicas de la instalación son las siguientes:
Desmantelamiento del centro de transformación Impest (15CTZ2), con una potencia de 250 kVA, con el desmontaje de la línea de media tensión soterrada desde el punto de acceso a la red, situado enfrente del mencionado centro de transformación hasta el propio CT y realizar un empalme de línea, en el mismo punto de acceso a la red, para dar continuidad a la LMTS PAD802 (expediente 533/2006).
7. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.
De acuerdo con todo el indicado,
RESUELVO:
1. Conceder la autorización administrativa de cierre de la instalación de distribución eléctrica indicada.
2. El desmontaje de la instalación se ejecutará en el plazo de seis meses, contado a partir del día siguiente al de la comunicación de la presente resolución.
3. Una vez efectuado el desmontaje de las instalación, deberá comunicarlo a esta jefatura territorial para proceder al acta de cierre.
4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empleo e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.
A Coruña, 5 de septiembre de 2018
Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña