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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Martes, 30 de octubre de 2018 Pág. 47402

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2018, de la Dirección General de Patrimonio Natural, por la que se fijan las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2019.

Según lo dispuesto en el artículo 34 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los sorteos de permisos de pesca en cotos se realizarán en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, según la normativa que fije la Dirección General de Patrimonio Natural para cada temporada, después de la adjudicación de los cupos diarios para concursos deportivos oficiales y del sorteo de cupos diarios para entidades colaboradoras.

Los permisos sobrantes de los procedimientos anteriores se pondrán a disposición de las personas interesadas en centros de venta habilitados al efecto por los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza. Para atender la demanda prevista, también se facilitará la adquisición de permisos a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal, que funcionará como centro de venta habilitado al efecto.

De conformidad con lo anterior, las normas de los sorteos y de la venta de permisos de pesca en cotos para la temporada 2019 serán las siguientes:

Primera. Objeto

El objeto de estas normas es adjudicar mediante sorteo los permisos de pesca fluvial en cotos para la temporada 2019 (códigos de los procedimientos administrativos: MT807B y MT807C).

En cada servicio provincial de Conservación de la Naturaleza se realizarán dos sorteos:

1. Sorteo de salmón: incluirá los permisos de cotos de salmón, incluso los de pesca sin muerte en cotos de salmón.

2. Sorteo de trucha: incluirá los permisos de trucha, de reo, de pesca intensiva y aquellos de pesca sin muerte no incluidos en el sorteo anterior.

Segunda. Calendario

Inicio del período de presentación de solicitudes: al día siguiente de la publicación de esta resolución en el DOG, a las 9.00 horas.

Límite de presentación de solicitudes: 20 de noviembre de 2018, a las 14.00 horas.

Publicación de las listas provisionales de personas excluidas y admitidas: 27 de noviembre de 2018.

Publicación de las listas definitivas de personas excluidas y admitidas: 12 de diciembre de 2018.

Fecha de sorteo: 20 de diciembre de 2018, a las 12.00 horas.

Los resultados de los sorteos, el listado de participantes con el orden resultante, la fecha y hora de elección de cada participante y demás datos y normas aplicables se publicarán en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. El acceso a la aplicación requerirá el NIF y el número de la licencia de pesca fluvial.

Terceira. Tipos de solicitudes

Para cada sorteo se podrán presentar solicitudes para participación individual o para participación en grupo, con un máximo de tres solicitantes por grupo.

Las solicitudes individuales o de creación de un grupo de participantes se formularán conforme al procedimiento administrativo MT807B (anexo I de esta resolución).

Las solicitudes en grupo requerirán a una persona responsable del grupo que presente una primera solicitud en la que identifique, en el apartado correspondiente, a las demás personas participantes. Esta primera solicitud se formulará conforme al procedimiento administrativo MT807B (anexo I de esta resolución). Posteriormente, quien forme parte de ese grupo deberá presentar la solicitud regulada en el procedimiento administrativo MT807C (anexo II de esta resolución) con los datos que en el mismo se requieren.

Cada participante sólo podrá figurar en una solicitud individual o en un grupo para cada uno de los sorteos.

Cuarta. Requisitos de las solicitudes

Para participar en los sorteos es preciso ser titular de una licencia de pesca fluvial en vigor en el momento de presentar la solicitud. Para el cumplimiento de este requisito tendrán la misma validez las licencias autonómicas e interautonómicas de pesca fluvial.

La participación en los sorteos, individual o en grupo, requerirá el pago de la tasa establecida en el anexo VI de la Orden de la Consellería de Economía y Hacienda de 30 de junio de 1992, modificado por Resolución de la Agencia Tributaria de Galicia de 20 de diciembre de 2017, con código 30.14.12 y denominación «Participación en sorteos de distribución de permisos de pesca fluvial». Con esta finalidad, a toda solicitud de participación se le adjuntará la acreditación del pago en una de las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria de Galicia o mediante las modalidades de pago de tasas y precios de la página web de la Agencia Tributaria de Galicia (Oficina Virtual Tributaria, http://www.atriga.gal).

Quinta. Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento

1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Justificante del pago de las tasas administrativas.

b) Acreditación de la representación, en su caso.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente se se dispone de el.

Sexta. Presentación de las solicitudes

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través de los formularios normalizados disponibles en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Séptima. Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) Vigencia de la licencia de pesca fluvial de la persona solicitante en la fecha de presentación de la solicitud.

c) NIF de la entidad representante, en su caso.

d) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.

Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

2. En el caso de que un mismo NIF conste en varias solicitudes para un mismo sorteo, se anularán las más antiguas, prevaleciendo siempre la última fecha de registro de entrada, telemática o presencial. En el caso de solicitudes en grupo, las anulaciones afectarán únicamente a aquellos NIF repetidos. No se considerarán duplicidades cuando las solicitudes presentadas tengan por objeto diferentes sorteos.

Octava. Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las listas provisionales de las personas excluidas y admitidas se harán públicas en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. También podrán consultarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en la Dirección General de Patrimonio Natural.

Las personas solicitantes tendrán un plazo de 10 días naturales, contados desde la fecha de exposición pública de la relación provisional de personas admitidas y excluidas, para efectuar las reclamaciones que consideren oportunas. Las citadas reclamaciones se entenderán resueltas con la publicación de los listados definitivos.

Se excluirán todas aquellas personas participantes que no posean licencia de pesca fluvial en vigor en el momento de presentación de la solicitud.

Una vez comprobadas las reclamaciones presentadas contra las listas provisionales, se publicarán las listas definitivas en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. También podrán consultarse en las jefaturas territoriales de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, así como en la Dirección General de Patrimonio Natural.

Novena. Realización de los sorteos

Para cada sorteo, las solicitudes se numerarán correlativamente, comenzando por el 1, según el orden de entrada de la solicitud.

Los sorteos serán públicos. Cada sorteo se realizará con tres o cuatro bombos, según sea preciso por el número de solicitudes presentadas, correspondiendo cada uno de ellos a las unidades, decenas, centenas y unidades de millar. En cada bombo se introducirán diez números, del 0 al 9, excepto en el que corresponda a las unidades de millar, en el que únicamente se introducirán los números necesarios para cubrir los miles de solicitudes presentadas. Se sacará un número completo formado por tres o cuatro bolas, según proceda. En el caso de que el número constituido por las bolas exceda del que corresponda a la última solicitud presentada, se procederá a sortear de nuevo, devolviendo las bolas a los correspondientes bombos y repitiendo la operación.

La solicitud que se corresponda con el número extraído será la primera en elegir y se continuará la elección por orden correlativo hasta finalizar la lista y seguir a partir del 1.

Los sorteos tendrán lugar en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza en la fecha y hora antes indicadas.

Décima. Resultados de los sorteos

Los resultados de los sorteos podrán consultarse en la página web https://pescafluvial.xunta.gal

Cada solicitante podrá consultar en la citada página el día y el rango horario en el que podrá elegir permisos. También se facilitarán los datos de contacto para la elección telefónica y el pago de los permisos.

Los resultados de los sorteos, turnos de elección y demás datos antes indicados no se comunicarán de manera individual.

Undécima. Notificaciones

1. Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos y, en todo caso, cuando las personas interesadas resulten obligadas a recibirlas por esta vía. Las personas interesadas que no estén obligadas a recibir notificaciones electrónicas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o dejen de practicar por medios electrónicos.

2. Las notificaciones electrónicas se realizarán mediante el Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal). Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.

3. La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad elegida para la notificación (electrónica o en papel). En el caso de personas interesadas obligadas a recibir notificaciones sólo por medios electrónicos, deberán optar, en todo caso, por la notificación por medios electrónicos, sin que sea válida ni produzca efectos en el procedimiento una opción diferente.

4. Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea de carácter obligatorio, o fuera expresamente elegida por el interesado, se entenderá rechazada cuando hubieran transcurrido diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.

5. Si el envío de la notificación electrónica no fuera posible por problemas técnicos, la Administración general y las entidades del sector público autonómico practicarán la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Decimosegunda. Elección de permisos después del sorteo

Para la elección de permisos de trucha y reo, los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza establecerán grupos de permisos de pesca. Para los permisos de salmón habrá un solo grupo en cada provincia. La lista de los grupos será publicada en la página web https://pescafluvial.xunta.gal

A la hora de escoger, cada solicitante sólo podrá seleccionar dos permisos de cada grupo, de los cuales sólo uno podrá corresponder a un sábado, domingo o festivo. En los sorteos de salmón sólo se podrá elegir un permiso.

En la página web https://pescafluvial.xunta.gal podrá consultarse en tiempo real el número de permisos disponibles en cada coto y para cada jornada de pesca.

La elección podrá realizarse por cualquiera de los siguientes medios:

1. Directamente en la página web https://pescafluvial.xunta.gal en la fecha y rango horario resultantes de los sorteos, introduciendo previamente el NIF y el número de la licencia de pesca.

La persona usuaria podrá realizar comprobaciones y reservas previas antes de su turno, e incluso grabar los datos de la reserva, pero sólo se podrá confirmar una reserva previa dentro de la fecha y el rango horario asignados a la persona solicitante, existiendo la posibilidad de cambiar los permisos que ya no estén disponibles.

Finalizado el rango horario sin haberse producido la elección, la persona usuaria no tendrá disponible el servicio web durante los rangos horarios asignados a otras personas participantes. Completados los turnos de elección del día, y hasta las 8.00 horas del día siguiente, cualquier persona que no haya elegido en su turno podrá elegir de entre los permisos disponibles en cada momento hasta la finalización del período de elección de la primera venta.

2. Mediante llamada telefónica al número que se haga público en la página web https://pescafluvial.xunta.gal, en la cual también se señalarán la fecha y rango horario en el que deberá realizarse esta llamada.

Una vez confirmada una reserva por cualquiera de los medios previstos, no podrá modificarse por la persona solicitante.

Decimotercera. Segunda venta de permisos

Una vez finalizada la elección, los permisos sobrantes y aquellos no retirados en los plazos fijados serán incluidos en un segundo proceso de elección.

La segunda venta de los sorteos de salmón se realizará en orden inverso respecto de la primera venta. La elección podrá realizarse directamente en la página web https://pescafluvial.xunta.gal o mediante llamada telefónica al número que se haga público en la citada página, con las mismas normas que en la primera venta.

La fecha de inicio y el rango horario de elección de cada participante se publicarán en la página web https://pescafluvial.xunta.gal

La segunda venta del resto de los sorteos será únicamente a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal. El servicio de reserva mediante internet estará disponible ininterrumpidamente para todas las personas participantes en el sorteo a partir de la fecha y hora de inicio que se establezcan.

Tres días antes del comienzo de la elección se publicará en la página web indicada el total de permisos disponibles para esta segunda elección.

Las normas, en cuanto a los grupos de cotos, el número de permisos por grupo y requisitos de acceso, serán las mismas que en la primera elección, en todos los casos.

Decimocuarta. Venta libre

Los permisos sobrantes no escogidos y aquellos no retirados en los plazos fijados serán puestos a la venta en los centros de venta habilitados al efecto por los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza, regulados en el artículo 35 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Para atender la demanda prevista, también se facilitará la adquisición de permisos a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal, que funcionará como centro de venta habilitado al efecto. Para la venta a través de internet se reservará como mínimo el 50 % de los permisos sobrantes en cada coto para cada jornada de pesca.

El acceso a la venta libre telemática requerirá el NIF y el número de una licencia de pesca fluvial vigente en ese momento o en los 12 meses anteriores.

En la venta libre sólo se podrá adquirir un permiso diario.

Decimoquinta. Pago y expedición de permisos

En el plazo de 5 días naturales, contados desde la fecha de la elección, los permisos seleccionados deberán ser pagados en una de las entidades financieras colaboradoras de la Agencia Tributaria de Galicia o mediante las modalidades de pago de tasas y precios de la página web de la Agencia Tributaria de Galicia (Oficina Virtual Tributaria, http://www.atriga.gal), accesibles también desde la página web https://pescafluvial.xunta.gal

Según lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales, los permisos de pesca tienen carácter personal e intransferible; cada titular de permisos debe realizar el pago individualmente, incluso en los casos de solicitudes en grupo.

En los pagos realizados a través del enlace disponible en los «servicios privados» de la página web https://pescafluvial.xunta.gal (que incluye la opción de pago telemático presencial con código NRC) los permisos podrán imprimirse en la aplicación informática despúes de completar el pago.

En otras modalidades de pago, dentro del mismo plazo de 5 días naturales establecido anteriormente, se remitirá al servicio provincial copia de la documentación justificativa del ingreso. Las direcciones de correo electrónico para esta finalidad se indicarán en la página web https://pescafluvial.xunta.gal. En estos casos, los permisos serán remitidos por correo postal a la dirección que conste en la solicitud.

En cualquier momento después de completar cualquiera de los procedimientos anteriores, cada participante podrá acceder a todos sus permisos en formato descargable e imprimible a través de la página web https://pescafluvial.xunta.gal

En la fase de venta libre se podrán adquirir permisos presencialmente en los servicios provinciales de Conservación de la Naturaleza o en las casas expedidoras habilitadas al efecto. En la adquisición telemática, la aplicación informática habilitará la impresión de los permisos adquiridos, que en ningún caso serán remitidos por correo postal desde un servicio provincial.

Decimosexta. Renuncia a permisos reservados

La falta de pago en los plazos establecidos se entenderá como una renuncia a la reserva y los permisos serán incluidos en la siguiente ronda de selección.

Las personas que no realicen el pago de los permisos dentro del plazo establecido, no podrán adquirir nuevos permisos en la aplicación informática, excepto circunstancias de fuerza mayor documentalmente acreditadas. La liquidación de los pagos pendientes habilitará nuevamente la adquisión de permisos en la fase de venta libre.

Decimoséptima. Otras normas

La normativa de funcionamiento de los cotos será la que establezca la orden anual que regulará los períodos hábiles de pesca y normas relacionadas con ella en las aguas continentales de la Comunidad Autónoma de Galicia durante la temporada de 2019. En todo caso, el uso de los permisos de pesca otorgados por parte de las personas usuarias estará condicionado al cumplimiento de la citada disposición normativa.

Una vez expedido un permiso, no se podrá anular ni transferir a otra persona ni obtener el reintegro de su importe. En todo caso, cuando proceda el reintegro del importe, será preciso presentar una solicitud a la que se adjuntará una copia del impreso de pago en el que figuren los datos del titular del permiso.

Decimoctava. Información básica sobre protección de datos personales

Los datos personales recabados en este procedimiento serán tratados en su condición de responsable por la Xunta de Galicia, Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio con las finalidades de llevar a cabo la tramitación administrativa que se derive de la gestión de este procedimiento y la actualización de la información y contenidos de la carpeta ciudadana.

El tratamiento de los datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos, conforme a la normativa recogida en la ficha del procedimiento incluida en la Guía de procedimientos y servicios, en el propio formulario anexo y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos. Con todo, determinados tratamientos podrán fundamentarse en el consentimento de las persoas interesadas, reflejándose esta circunstancia en el citado formulario.

Los datos serán comunicados a las administraciones públicas en el ejercicio de sus competencias, cuando sea necesario para la tramitación y resolución de sus procedimientos o para que los cuidadanos puedan acceder de forma integral a la información relativa a una materia.

A fin de darle la publicidad exigida al procedimiento, los datos identificativos de las personas interesadas serán publicados conforme a lo descrito en la presente norma reguladora a través de los distintos medios de comunicación institucionales de los que dispone la Xunta de Galicia como diarios oficiales, páginas web o tablones de anuncios.

Las personas interesadas podrán acceder, rectificar y suprimir sus datos, así como ejercitar otros derechos o retirar su consentimiento, a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia o presencialmente en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www. xunta.gal/proteccion-datos-persoais

Decimonovena. Actualización de modelos normalizados

Los modelos normalizados aplicables en la tramitación de los procedimientos regulados en la presente disposición podrán ser modificados con el objeto de mantenerlos actualizados y adaptados a la normativa vigente. A estes efectos, será suficiente la publicación de estos modelos adaptados o actualizados en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, donde estarán permanentemente accesibles para todas las persoas interesadas.

Santiago de Compostela, 15 de octubre de 2018

Belén María do Campo Piñeiro
Directora general de Patrimonio Natural

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