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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Miércoles, 7 de noviembre de 2018 Pág. 48329

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

CÉDULA de 2 de octubre de 2018 por la que se notifica la resolución del recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 31 de enero de 2018 ditada en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/27/2013-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística dictó, el 5 de septiembre de 2018, resolución por la que se estima el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 31 de enero de 2018, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística LUG/27/2013-RP1, dictada por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, por la que se imponía una primera multa coercitiva, al incumplir lo ordenado en las resoluciones de 16 de marzo de 2016 y 5 de octubre de 2017, dejando sin efecto, en consecuencia, la resolución ditada.

Al no poderse realizar la notificación personal de aquella resolución a Francisco Sousas Macias y a María Ferreiro Fente, mediante esta cédula, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a los interesados dicha resolución por medio de un anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se comunica a los interesados que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de diez (10) días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de esta cédula. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que es definitiva en vía administrativa, los interesados pueden interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el juzgado de lo contencioso-administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera, de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste y les sirva de notificación a los citados interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo esta cédula.

Santiago de Compostela, 2 de octubre de 2018

José Antonio Cerdeira Pérez
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística