Yo, Susana Varela Amboage, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento ordinario 148/2017 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Rosa María Abalde Grela contra Transyband, S.L. y Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
«Sentencia.
Santiago de Compostela, 18 de octubre de 2018.
Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela y su partido, los presentes autos 148/2017, seguidos a instancia de Rosa María Abralde Grela, representada por el letrado Sr. Manuel Comendador Rey, contra la entidad Transyband, S.L.
Fallo:
Se estima la demanda presentada a instancia de Rosa María Abralde Grela contra la entidad Transyband, S.L. y, en consecuencia, condeno a la demandada a abonar a la actor la cantidad de 33.490,72 euros como cantidades adeudadas en concepto de indemnización legal por despido objetivo y salarios debidos, más el interés de mora del 10 % sobre dicha cantidad.
Todo sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese esta sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de suplicación a presentar en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de notificación de la presente, ante este órgano de justicia para ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, previa consignación legalmente prevista a tal efecto en la cuenta de depósitos y consignaciones de este juzgado, respetando las consideraciones y requisitos previstos en los artículos 190 y 191, ambos de la Ley reguladora de la jurisdicción social.
Así lo acuerda, manda y firma, Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».
Y para que sirva de notificación en legal forma a Transyband, S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de anuncios de este juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2018
La letrada de la Administración de justicia