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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Miércoles, 19 de diciembre de 2018 Pág. 52913

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda

RESOLUCIÓN de 17 de diciembre de 2018, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas provisionales para el desempeño transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia.

De conformidad con el artículo 6.2 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia, el plazo de presentación de solicitudes para formar parte de las listas se inicia anualmente el 1 de marzo y finaliza el 15 de julio.

Una vez finalizado dicho plazo, fueron examinadas las instancias presentadas con la finalidad de comprobar la concurrencia de los requisitos exigidos y valorar los méritos alegados por las personas interesadas.

Concluidos los anteriores trabajos, elaboradas y aprobadas las listas correspondientes, en la sesión que tuvo lugar el 17 de diciembre del presente año, la Comisión Permanente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, acordó elevar al titular de la dirección general las listas provisionales de admitidos y excluidos para su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Hacer públicas las listas provisionales para el desempeño transitorio de plazas reservadas a personal funcionario de los cuerpos y escalas que se relacionan en el anexo I de esta resolución, así como para el desempeño temporal de puestos reservados a personal laboral de los grupos y categorías que se relacionan en el anexo II.

Segundo. Las listas se podrán consultar en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, http://funcionpublica.xunta.gal, apartado de «Listas de contratación», y en las oficinas de registro e información de la Xunta de Galicia (oficinas de los edificios administrativos de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia).

En dichas listas figura la siguiente información:

• Solicitantes admitidos en la lista con indicación de la puntuación provisional resultante de la aplicación del baremo establecido en el artículo 9 y 9 bis del Decreto 37/2006.

• Solicitantes excluidos con expresión de la causa de exclusión.

Tercero. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, para presentar reclamaciones ante la Comisión Permanente (Dirección General de la Función Pública, Consellería de Hacienda, Edificio Administrativo San Caetano, s/n, Santiago de Compostela).

Junto con dichas reclamaciones, se aportará, en su caso:

• Documentación necesaria para subsanar la causa de exclusión.

• Certificación de servicios prestados en la Xunta de Galicia en el mismo grupo, categoría, cuerpo o escala, según el modelo que figura como anexo III de esta resolución. La certificación será expedida por las unidades siguientes:

– Servicios centrales: secretario/a general técnico/a, subdirector/a general o jefes/as de servicio que tengan atribuidas funciones en materia de gestión de personal, dependientes de la secretaría general técnica de la consellería respectiva o del ente público instrumental donde esté prestando servicios o donde los prestó por última vez.

– Servicios periféricos: jefes/as territoriales o funcionario/a responsable del área de personal de los departamentos territoriales, directores/as provinciales o delegados/as comarcales de la consellería o del ente público instrumental donde preste servicios o donde los prestó por última vez.

• Certificación de servicios prestados en ayuntamientos o mancomunidades de municipios de la Comunidad Autónoma de Galicia en la misma categoría, categorías análogas o asimilables a las categorías adscritas a los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales de la Administración de la Xunta de Galicia y del Pladiga. La certificación se ajustará al modelo que figura como anexo IV de la presente resolución y deberá ser firmada por el/la secretario/a del ayuntamiento.

En el supuesto de que alguna de las personas solicitantes provisionalmente excluida no presente la documentación necesaria para subsanar la causa de exclusión, quedará definitivamente excluida.

Cuarto. A partir de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, tanto las personas solicitantes provisionalmente admitidas como las provisionalmente excluidas podrán presentar solicitud de suspensión de llamamientos de conformidad con lo establecido en el artículo 15.2 del Decreto 37/2006.

El modelo de solicitud se encuentra a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, http://funcionpublica.xunta.gal, apartado de «Listas de contratación».

Una vez transcurrido el plazo para formular alegaciones, se llevarán a efecto las subsanaciones procedentes, y se le dará publicidad a las listas definitivas en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 17 de diciembre de 2018

José María Barreiro Díaz
Director general de la Función Pública

ANEXO I

Cuerpos, escalas y especialidades (personal funcionario)

Grupo

Cuerpo/escala

Denominación

A1

205G

Escala de sistemas y tecnología de la información

A1

2060

Cuerpo superior de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia

A1

2061

Escala de arquitectos

A1

2062

Escala de ingenieros. Especialidad de ingeniería de caminos, canales y puertos

A1

2063

Escala de ingenieros. Especialidad de ingeniería agronómica

A1

2064

Escala de ingenieros. Especialidad de ingeniería industrial

A1

2065

Escala de ingenieros. Especialidad de ingeniería de minas

A1

2067

Escala de veterinarios

A1

2068

Escala de ciencias. Especialidad de biología

A1

2069

Escala de ciencias. Especialidad de química

A1

206K

Escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de archivos

A1

206L

Escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de bibliotecas

A1

206M

Escala de facultativos de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de museos

A1

2072

Escala de arqueólogos

A1

2083

Escala superior de estadísticos

A1

2086

Escala superior de finanzas

A1

210A

Escala de inspección urbanística

A2

2051

Cuerpo de gestión de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia

A2

2052

Escala de ingenieros técnicos. Especialidad de ingeniería técnica forestal

A2

205F

Escala técnica de finanzas

A2

205H

Escala de gestión de sistemas de informática

A2

206I

Escala de inspección turística

A2

206N

Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de archivos

A2

206P

Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de bibliotecas

A2

206Q

Escala de ayudantes de archivos, bibliotecas y museos. Especialidad de museos

A2

206X

Escala de inspectoras e inspectores de consumo

A2

2073

Escala de arquitectos técnicos

A2

2075

Escala de ingenieros técnicos. Especialidad de ingeniería técnica industrial.

A2

2076

Escala de ingenieros técnicos. Especialidad de topografía.

A2

2077

Escala de ingenieros técnicos. Especialidad de ingeniería técnica agrícola.

A2

2085

Escala técnica de estadísticos

A2

2097

Escala de agentes de extensión pesquera

A2

210B

Escala de subinspección urbanística

C1

2053

Cuerpo administrativo de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia

C1

205I

Escala técnica auxiliar de informática

C1

207H

Escala de agentes facultativos medioambientales (a extinguir)

C1

2081

Escala de delineantes (a extinguir)

C2

2059

Cuerpo auxiliar de Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia

2055

Agrupación profesional de personal funcionario subalterno de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia

ANEXO II

Grupos y categorías (personal laboral)

Grupo

Categoría

Denominación

I

002

Titulado/a superior médico/a. Médico/a geriatra. Médico/a CEI. Médico/a adjunto/a. Médico/a

I

004

Titulado/a superior

I

006

Titulado/a superior psicólogo/a

I

011

Titulado/a superior pedagogo/a

I

014

Titulado/a superior sociólogo/a

I

018

Licenciado/a informático/a (antiguo/a técnico/a de sistemas y analista titulado/a superior)

I

019

Titulado/a superior especialista. Titulado/a superior farmacéutico/a

I

023

Documentalista

I

027

Coordinador/a de actividades externas

I

029

Jefe/a departamento personal y gestión económico-administrativa del IGAEM

I

030

Relaciones públicas del IGAEM

I

031

Titulado/a superior de formación ocupacional

I

032

Técnico/a superior en centros de arte

II

001

Director/a-administrador/a. Director/a de centro social. Director/a casa de la juventud. Subdirector/a residencia juvenil. Preceptor/a residencia. Director/a centro. Jefe/a del servicio administrativo del IGAEM. Secretario/a de residencia. Director/a de cocina de hermandad. Director/a de clínica deportiva

II

002

ATS. Enfermero/a. Practicante. DUE

II

005

Profesor/a. Profesor/a titular. Profesor/a EGB. Maestro/a. Profesor/a de educación física. Profesor/a de matemáticas

II

006

Educador/a. Profesor/a especial

II

007

Titulados/as grado medio

II

008

Director/a de guardería infantil

II

011

Fisioterapeuta

II

017

Asistente/a social

II

020

Terapeuta ocupacional

II

021

Monitor/a ocupacional

II

031

Restaurador/a

II

037

Titulado/a medio/a formación ocupacional

II

038

Perito/a-judicial diplomado/a

II

040

Maestro/a especialista en educación infantil

III

002

Encargado/a administrativo/a. Jefe/a de negociado. Jefe/a administración. Jefe/a 2ª administración. Administrador/a. Secretario/a-administrador/a residencia juvenil. Administrador/a de producción de centros. Secretario/a de dirección del IGAEM. Ayudante/a de dirección y difusión de la música. Ayudante/a de dirección y difusión del CDG

III

004

Gobernante/a. Gobernante/a servicios domésticos. Encargado/a lavadero, ropero, plancha

III

005

Intendente. Encargado/a de establecimiento. Encargado/a de almacén

III

006

Jefe/a de servicios técnicos. Encargado/a de mantenimiento. Conservador/a de edificios. Encargado/a oficios varios mantenimiento. Jefe/a de taller. Encargado/a de trabajos. Especialista de oficios

III

012

Maestro/a de taller

III

014

Jefe/a de cocina

III

017

Analista de laboratorio

III

018

Marcador/a de metales preciosos

III

023

Celador/a de carreteras. Capataz de brigada

III

030

Programador/a

III

034

Especialista de oficios (dibujante)

III

036

Experto/a audiovisuales

III

037

Técnico/a de sonido

III

049

Agente auxiliar inspección transportes

III

050

Técnico/a especialista jardín de infancia

III

060

Auxiliar técnico/a de obra. Auxiliar técnico/a obra TIE

III

063

Oficial/a 1ª conductor/a. Conductores/as 1ª. Conductores/as altos cargos. Conductor/a mecánico/a

III

064

Oficial/a 1ª tractorista. Tractorista. Operador/a maquinaria pesada

III

065

Oficial/a 1ª cocina. Oficial 1ª cocinero/a. Jefe/a cocina. Cocinero/a 1ª

III

069

Oficial/a servicios técnicos. Oficial 1ª mantenimiento. Oficial 1ª oficios varios. Oficial de primera

III

078

Subgobernante/a

III

080

Capataz de establecimiento

III

090

Animador/a sociocultural

III

091

Técnico/a especialista en informática (antiguo/a operador/a de ordenadores)

III

098

Auxiliar de luces

III

104

Intérprete de lenguaje de signos

IV

001

Auxiliar grabación. Oficial/a 2ª linotipista. Auxiliar administrativo/a. Oficial 2ª administrativo/a. Técnico/a auxiliar en informática. Operador/a máquina elemental. Auxiliar

IV

002

Auxiliar mecánico/a. Oficial/a 2ª mecánico/a. Mecánico/a reparación obras

IV

003

Auxiliar sanitario. Auxiliar clínica. Auxiliar psiquiátrico/a. Auxiliar de enfermería. Cuidador/a geriátrico. Cuidador/a

IV

004

Auxiliar hogar. Cuidador/a auxiliar. Auxiliar cuidador/a. Auxiliar de internado

IV

005

Oficial/a 2ª cocina. Cocinero/a oficial 2ª

IV

006

Ayudante/a servicios técnicos. Oficial/a 2ª mantenimiento

IV

007

Guarda jurado/a fluvial. Guarda explotación

IV

011

Auxiliar de laboratorio

IV

016

Conductor/a

IV

017

Almacenero/a. Despensero/a

IV

020

Conserje (cuando tengan a su cargo personal subalterno u ordenanza)

IV

021

Oficial/a 2ª carpintero/a. Auxiliar carpintería

IV

028

Auxiliar producción-dirección

IV

030

Auxiliar formación ocupacional

IV

031

Peón/a caminero/a

IV

035

Auxiliar de archivos y bibliotecas

IV

036

Auxiliar de museos

IV

039

Auxiliar de autopsia

V

001

Camarero/a-limpiador/a. Ayudante/a cocina. Planchador/a-lavandero/a. Costurero/a. Cortador/a. Planchador/a. Lavandero/a

V

002

Ayudante/a trabajos u oficios. Ayudante/a albañil. Peón/a especializado/a. Fontanero/a. Ayudante/a. Hortelano/a. Ayudante/a trabajos. Encargado/a jardín

V

003

Ordenanza. Celador/a. Vigilante de oficinas. Vigilante nocturno/a. Vigilante. Subalterno/a. Portero/a. Recepcionista. Telefonista. Sereno/a. Guardia. Guardia jurado

V

008

Peón/a agrario/a

V

009

Celador/a de segunda. Vigilante de recursos naturales

V

10D

Socorrista

V

10E

Vigilante de archivos, bibliotecas y museos

V

10F

Peón/a forestal

V

011

Limpiador/a. Fregador/a. Empleado/a comedor. Empleado/a cocina-pinche. Servicio doméstico. Mozo/a de limpieza. Pinche de cocina. Personal servicios generales

V

012

Peón/a. Laborante. Barrendero/a. Mozo/a servicios. Mozo/a laboratorio. Mozo/a. Pastor/a. Jardinero/a. Mozo/a transportes. Peón/a jardinero/a/ EFU. Mozo/a mantenimiento. Mozo/a subalterno

Grupos y categorías del personal laboral de los servicios de prevención

y defensa contra incendios forestales

Grupo

Categoría

Denominación

I

038

Técnico/a superior de defensa contra incendios forestales

II

039

Técnico/a forestal de defensa contra incendios forestales

III

100

Bombero/a forestal jefe/a de brigada

IV

032

Operador/a codificador/a de datos de defensa contra incendios forestales

IV

033

Bombero/a forestal conductor/a de motobomba

V

10A

Vigilante móvil defensa contra incendios forestales

V

10B

Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales

V

10C

Emisorista de defensa contra incendios forestales. Escucha incendios

V

014

Bombero/a forestal

V

14A

Bombero/a forestal conductor/a

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